Actualizado 06/07/2010 18:14

Jueces recalcan tras el caso de Pinos Puente (Granada) que no se puede condenar sin pruebas

GRANADA/MADRID, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

Las asociaciones de jueces han recordado este martes que la presunción de inocencia es la base del ordenamiento jurídico español y ningún juez puede condenar a un acusado si no tiene pruebas suficientes para ello, en relación al juez que absolvió de malos tratos al hombre que una semana después mató a su mujer en la localidad granadina de Pinos Puente.

Los portavoces de las asociaciones judiciales reaccionaron así, en declaraciones a Europa Press, después de que se haya conocido que el titular del juzgado de lo Penal número 6 de Granada, Ernesto Carlos Manzano, no creyó a la víctima por su "excesiva parquedad" y "escasísima pasión" y dudó del testimonio de la mujer porque el parte de lesiones "sólo" objetiva "un mínimo hematoma" de "sólo 1 centímetro en un brazo", "dejando pues sin corroboración objetiva alguna esos otros puñetazos en los costados y empujones que la querellante refirió en su denuncia".

Para el responsable del Foro Judicial Independiente (FJI), Conrado Gallardo, las "duras críticas" que se han hecho tras publicarse el contenido de la sentencia olvidan que en muchos pleitos de este tipo hay una "total falta" de "pruebas objetivas y datos ciertos" que impide que el juez tenga la "certeza absoluta" para condenar a un acusado.

En este sentido, Gallardo ha recordado que el ordenamiento jurídico español está basado en la presunción de inocencia por lo que, si no se puede demostrar lo contrario y el juez "tiene dudas", debe absolver al acusado. "Si no hay certeza absoluta no se puede condenar", recalcó.

En su opinión, los episodios de violencia de género, como algunos tipos de violaciones que ocurren en la intimidad, a veces son "muy difíciles de probar". Al respecto, Gallardo ha advertido de que también hay casos en los que ha ocurrido lo contrario, que ha habido personas que han pasado años en la cárcel tras ser condenados con pruebas "muy débiles" y luego se ha demostrado que eran inocentes.

En la misma línea, el portavoz de la asociación Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmeno, ha insistido en que toda sentencia está basada en el material probatorio, por lo que, si no hay elementos para articular esa sentencia y condenar, no se puede hacer.

Además, Sexmeno ha pedido que no se "conecte" el resultado posterior de los actos de una persona con una sentencia anterior porque, según ha recalcado, "no se puede saber la reacción posterior".

NO SE DICTAMINA "EN CONCIENCIA"

Por su parte, el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Antonio García, se ha mostrado "poco partidario" de "valorar o someter a análisis" la labor de los jueces, que desempeñan sus funciones "de forma independiente" y ha recordado que las resoluciones de los mismos son susceptibles de recurrirse a instancias superiores, que son las que decidirán si aquellos "han hecho lo que tenían que hacer".

A su juicio, el debate sobre la sentencia puede ser "legítimo en lo público" pero es necesario "pedir respeto" por la función de los jueces y advertir de que "nadie puede pretender" que los magistrados dictaminen "en conciencia" u "olvidándose y volviendo la espalda a la falta de pruebas".

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