Actualizado 05/05/2013 14:34

El PSOE defiende el martes en el Congreso una mejora de la protección jurídica de menores en caso de violencia de género

Padre e hijo niño menor usando internet ordenador
DANBA

Su propuesta prevé una actualización la legislación sobre menores desde el desamparo hasta la adopción y el acogimiento familiar


MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

El PSOE defenderá el próximo martes en el Congreso de los Diputados la toma en consideración de una proposición de ley que, entre otros puntos, pretende mejorar la protección de los menores en los casos de violencia de género.

Se trata de una propuesta que recoge una batería de medidas para "mejorar los instrumentos de protección jurídica" de los menores en España mediante reformas en la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor, en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil y, entre ellas, las citadas en relación a la protección del menor en los casos de violencia de género.

La secretaria de Igualdad del PSOE Purificación Causapié considera "prioritario", tal y como explicó el pasado mes de abril, defender la salud y la integridad de los menores en los casos de violencia de género.

De esta manera se quieren evitar casos como el de la niña de seis años muerta en Campillos (Málaga), presuntamente a manos de su padre, que había sido condenado a seis meses de cárcel por un delito de maltrato contra su expareja, a comienzos de abril, tal y como anunció Causapié.

En concreto, explicó a Europa Press que la modificación del Código Civil tendría por objetivo "reforzar el control o no dar régimen de visitas" a los padres que hayan sido condenados por violencia de género y ha lamentado que se produzcan situaciones en las que, como en la de Campillos, la orden de alejamiento sobre la madre, no tenga efecto para la menor.

En la misma línea, recordó que la Ley Integral contra la Violencia de Género permite a los jueces aplicar medidas para que se retire ese derecho de visitas de los padres. Sin embargo, a su juicio, el caso de Campillos demuestra que "no se está aplicando satisfactoriamente".

GUARDA DEL MENOR

En concreto, propone reformar prácticamente una decena de artículos en el Código Civil, con el objetivo de mejorar la legislación actual y garantizar a los menores una protección uniforme en todo el territorio del Estado, que sirva de modelo a las comunidades autónomas en el desarrollo de su legislación de protección de menores.

Así, quiere modificar el artículo 158 del Código Civil para evitar "perjuicios innecesarios" que puedan derivarse de rigideces o encorsetamientos procesales, permitiendo adoptar mecanismos protectores tanto respecto al menor víctima de los malos tratos como en relación con los que sin ser víctimas puedan encontrarse en situación de riesgo.

Igualmente, plantea reformar el artículo 172 del Código Civil para establecer que la guarda de un menor por parte de las administraciones públicas se realice con carácter general mediante acogimiento familiar de manera que "sólo cuando éste no sea posible o conveniente para el interés del menor tendrá lugar el acogimiento residencial".

Asimismo, quiere introducir en este mismo precepto la previsión de que se valorará especialmente la prioridad del acogimiento familiar sobre el residencial como medida de protección de los menores de 6 años, y de que los menores de 3 años no ingresarán en centros de protección, "salvo en los supuestos de imposibilidad debidamente acreditada de adoptar otra medida de protección".

El PSOE explica que "como complemento" a estos cambios, se propone modificar el artículo 173 bis, para suprimir el acogimiento provisional, "que ya no será necesario ante la simplificación" de esta figura prevista en la reforma, así como el acogimiento preadoptivo, "que en definitiva es actualmente una fase del procedimiento de adopción".

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACOGEDORES

Para controlar el acogimiento, se plantea una regulación de los derechos y deberes de los acogedores familiares con una disposición general y se prevé dotar de medios a la Fiscalía para que pueda ejercer su labor de vigilancia sobre la situación de los menores "evitando que sus esfuerzos queden limitados a un simple voluntarismo carente de operatividad práctica".

También sobre este asunto, propone que transcurridos dos años desde la declaración de desamparo del menor, "únicamente estará legitimado el Ministerio Fiscal para impugnar la resolución" que dicte la Administración pública, ya que en la actualidad, el artículo 172 sólo decía que esos dos años era el plazo que tenían los padres para promover la revocación de la declaración y oponerse a las decisiones que afectasen a su hijo, derecho que perdían vencido ese periodo.

Se proponen otros cambios en esta materia, como la posibilidad de asumir su guarda provisional sin declaración previa de desamparo ni solicitud de los padres en tanto se identifica al menor y se constata su situación, dar competencia a la administración pública constituir un acogimiento familiar en caso de no tener conformidad de los padres o tutores o reconocer expresamente la legitimación de la entidad pública de protección de menores para introducir nuevas medidas cautelares.

En este sentido, propone que la entidad pública que asume la tutela tenga la competencia de fijar el régimen de visitas al menor por parte de su familia y, por tanto, la capacidad de suspenderlas en orden al interés superior del menor. "Se considera necesaria una reforma de este precepto que, de modo definitivo, clarifique la cuestión", argumenta el PSOE.

INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

Por otra parte, sobre la Ley del Menor, el Grupo Socialista propone introducir "criterios de interpretación y aplicación" del concepto "interés superior del menor", redefinir la figura de la "situación de riesgo" y las medidas que tras su constatación deben adoptarse, estableciendo que la declaración se dictará por resolución administrativa ante "indicadores significativos" de desamparo.

También se propone una nueva redacción al articulado en materia de servicios de acogimiento residencial, definiendo las características básicas que deben reunir estos servicios y se sugiere la adición de contenidos relativos a la elaboración de un plan individual de atención al menor que ingrese bajo tutela o guarda de una administración pública.

Por último, en relación a la Ley de Enjuiciamiento Civil, se introducen reformas procesales que "buscan obtener de los tribunales una tutela más efectiva posible de los derechos e intereses de los menores, mejorando los procedimientos ya existentes, haciéndolos verdaderamente efectivos, o corrigiendo aspectos que en la práctica cotidiana han dado lugar a interpretaciones contradictorias", conforme explica el Grupo Socialista.