Actualizado 12/10/2007 18:28

UE.-CE no ve que la concentración de plantas industriales en Valdemingómez (Madrid) contravenga la normativa comunitaria

BRUSELAS, 12 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea aseguró que la concentración de plantas industriales, potencialmente contaminantes, en el distrito madrileño de Valdemingómez no contraviene la normativa comunitaria. Bruselas precisa, no obstante, que todas las plantas industriales y de gestión de residuos industriales deben cumplir la directiva comunitaria que prohíbe que este tipo de empresas provoquen daños medioambientales a su entorno.

Así respondió en nombre de la Comisión el comisario de Medio Ambiente, Stravos Dimas, a una pregunta parlamentaria del diputado español del PSOE Carlos Carnero para conocer si el Ejecutivo comunitario tenía constancia de la alta concentración de materiales residuales en Valdemingómez y aclarar si tenía intención o no de impulsar medidas para proteger la salud de las personas, así como para proteger el medio ambiente del distrito.

Carnero denunció que la concentración de materiales residuales, basureros, plantas para reciclar residuos sólidos, centrales de purificación, plantas incineradoras y otras instalaciones "potencialmente contaminantes" en una superficie de 200 metros cuadrados y parte de ellas ubicadas en un Parque Regional están afectando a la vida diaria de más de 300.000 personas.

En este sentido, el eurodiputado precisó que, aunque en Valdemingómez sólo viven unas 2.000 personas, el hedor, la contaminación atmosférica y el ruido que las centrales emiten afectan a más de 300.000 personas que viven a menos de tres kilómetros del distrito madrileño en localidades como Villa de Vallecas, Villaverde, Perales del Río y Rivas Vaciamadrid.

Dimas le respondió que "en base a la información" que ha remitido a la Comisión, ésta "no puede concluir que se haya producido una violación de la legislación comunitaria" aunque recordó que todas las instalaciones de residuos deben cumplir con la directiva marco en la materia que prohíbe que estas empresas perjudiquen el Medio Ambiente. Asimismo, incidió en que las incineradoras de residuos deben cumplir con otra directiva relativa al control y prevención de la contaminación.

En este sentido, explicó que, según esta última directiva, las instalaciones residuales operativas desde el 30 de octubre de 1999, deben contar con un permiso necesario que estipule volumen de emisiones de las centrales, parámetros y medidas técnicas, así como un procedimiento de control pertienente para poder funcionar.

Por otra parte, Dimas precisó que no existe una legislación medioambiental comunitaria que fije un máximo de centrales de tratamiento residual que pueden establecerse en una población dada, algo que concierne, subrayó, a los Estados miembros. Por este motivo, Bruselas no ve que, a día de hoy, la concentración de plantas de este tipo en Valdemingómez contravenga la legislación comunitaria.