Actualizado 20/11/2018 15:07

Junta y Gobierno colaboran en la seguridad del sistema agroalimentario y para evitar el robo de productos agrarios

Zurera (izda.) y Valenzuela durante la presentación
JUNTA DE ANDALUCÍA

CÓRDOBA, 20 Nov. (EUROPA PRESS) -

El delegado de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta en Córdoba, Francisco Zurera, y la subdelegada del Gobierno, Rafaela Valenzuela, han destacado la importancia de la colaboración de la Administración autonómica y el Gobierno central para aumentar la seguridad del sistema agroalimentario y evitar el robo de productos agrarios y forestales, para lo que será muy importante la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

Según ha indicado la Junta en una nota, Zurera y Valenzuela han presentado el Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT), elaborado por las consejerías de Agricultura y Medio Ambiente, publicado en el BOJA del pasado 15 de octubre, y que entrará en vigor a mediados de octubre de 2019. La rueda de prensa ha contado también con la presencia del teniente coronel de la Guardia Civil, Juan Carretero.

En su intervención, el delegado de Agricultura ha agradecido a la subdelegada y al teniente coronel de la Guardia Civil su colaboración, y ha señalado que el DAT se incluye en un decreto que crea y regula el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (Reafa).

"La aplicación de políticas agrarias y ambientales requiere que las Administraciones Públicas dispongan de suficiente información para conocer la realidad de los sectores agrario y forestal para proceder a su ordenación, regulación y planificación económica", ha dicho Francisco Zurera.

Por su parte, la subdelegada del Gobierno ha mostrado su satisfacción por esta nueva normativa de la Junta, que, según ha afirmado, "responde a las demandas del sector y ayudará a las fuerzas de seguridad a seguir desarrollando su labor y evitar los robos en el campo".

El delegado de Agricultura ha añadido que gracias al Reafa la ciudadanía y las administraciones dispondrán de una información geográfica en los ámbitos agrario y forestal que será muy importante para la organización, gestión, análisis y modelización de grandes cantidades de datos vinculados a una explotación concreta.

Además del conocimiento de las distintas situaciones productivas, de las que puedan derivarse acciones de intervención en materia de seguridad alimentaria, el registro facilitará la trazabilidad como una herramienta imprescindible en situaciones de alerta alimentaria a la hora de localizar el origen de partidas y facilitar una rápida reacción, ya que permite seguir un alimento a través de todas las fases de producción, transformación y distribución.

Valenzuela ha señalado que para el Gobierno central "es una prioridad" reducir la criminalidad y mejorar la seguridad del sector agrícola y ganadero y desde la Subdelegación del Gobierno se coordina el dispositivo de seguridad de la campaña agrícola 2018/2019.

La subdelegada ha valorado la labor desarrollada por la Guardia Civil, que ha supuesto una reducción progresiva en los últimos años de infracciones penales. En concreto la última campaña supuso una reducción superior al 20 por ciento respecto a la anterior.

Por su parte, el teniente coronel de la Guardia Civil ha destacado la utilidad de esta nueva normativa que viene a sumarse a las herramientas actuales, y facilitará el control en el desplazamiento del producto. Contribuirá, por tanto, a continuar con la reducción de infracciones penales, que en la pasada campaña ya supuso un 23% menos respecto a la anterior.

TRAZABILIDAD

El delegado de Agricultura ha indicado que para asegurar dicha trazabilidad en los alimentos procedentes de los sectores agrario y forestal que carezcan de guía específica, el Documento de Acompañamiento de Transporte servirá para acreditar el origen y destino del producto. Documentos similares ya existen para determinados sectores productivos, como ganadería, semillas y plantas de vivero y uva para vinificación.

A partir de ahora, será necesario adecuar las herramientas informáticas a los medios y al nivel formativo de las personas usuarias, cuestión que se ha tenido muy en cuenta a la hora de diseñar la herramienta informática de gestión del DAT. La implantación de este Documento supondrá un cambio sustancial en la forma de organizar y controlar el transporte de este tipo de productos, mejorando la seguridad alimentaria y la trazabilidad de las producciones.

Igualmente, permitirá realizar el seguimiento de un producto agrícola, ganadero o forestal destinado a la cadena agroalimentaria en la fase de transporte desde la explotación a su primer destino de manipulación, almacenamiento o transformación, fundamental en caso de detección de peligros, para localizar el origen de partidas y facilitar una rápida reacción en caso de contaminaciones de origen alimentario. También acredita la legítima procedencia y destino en su transporte.

De este modo va a jugar un papel clave la Administración General del Estado, ya que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado van a disponer de una potente herramienta en el control de la seguridad, la trazabilidad y la legitimidad de productos agrarios y forestales.

IMPLANTACIÓN PROGRESIVA

El DAT se implantará de forma progresiva, para que resulte lo menos gravoso posible para el productor y el transportista. Durante un año el DAT tendrá carácter voluntario, y se desarrollará una herramienta telemática fácilmente utilizable a través del teléfono móvil, de uso voluntario, que reduzca los trámites al mínimo absolutamente imprescindible, garantizando de forma eficiente el control durante el transporte.

Estarán sujetos a este documento los productos destinados a la cadena agroalimentaria. sin transformar, obtenidos de las explotaciones agrícolas, forestales y agroforestales en el ámbito de Andalucía, desde la explotación origen hasta un lugar de almacenamiento o primer destino de comercialización.

El DAT deberá incluir como mínimo la identificación y domicilio del suministrador o suministradora, las características principales del producto, en particular la calidad, naturaleza, origen, composición, utilización, finalidad, designación, denominación, categoría, fecha de producción o caducidad, instrucciones de uso, condiciones de producción y distribución, el nombre, dirección e identificación de la persona fabricante, y el detalle correspondiente a la certificación, en su caso.

TRASLADO DE LOS PRODUCTOS SIN TRANSFORMAR

Por otra parte, el DAT deberá acompañar al traslado de los productos sin transformar obtenidos de las explotaciones agrícolas, forestales y agroforestales, desde la unidad de producción de origen hasta el lugar de almacenamiento o su primer destino de comercialización.

Se excluyen expresamente de esta obligación los productos de la producción primaria de ganadería, caza, pesca y acuicultura y otros. La obligación se mantendrá en las operaciones de transporte de productos entre unidades de producción de la misma explotación que no guarden continuidad geográfica.

Igualmente, el DAT deberá ser aportado en cualquier momento del transporte, a requerimiento de un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Una vez la mercancía haya llegado al primer destino para su comercialización o almacenamiento, el DAT será entregado a la persona destinataria de la misma que deberá conservar el documento o copia del mismo, a disposición de la autoridad competente, durante un plazo mínimo de cinco años contados a partir del día siguiente al de la entrega.