APM cree que, si se hubiera facilitado al TSJPV alegaciones más elaboradas, la decisión podría haber sido la contraria

Actualizado: jueves, 24 septiembre 2009 18:17

Afirma que la sentencia "es correcta, desde el plano del Derecho", y cree "un error" que se la considere "general y universalizable"

BILBAO, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Antonio García, defendió hoy que la sentencia del TSJPV por la que permite a Etxerat exhibir fotos de presos en tres concentraciones de la localidad guipuzcoana de Mondragón es "correcta, desde el plano del Derecho", y señaló que, si se hubiera facilitado al Tribunal "alegaciones más elaboradas", con "un material probatorio de mayor recorrido", quizá la decisión podría haber sido la contraria a la adoptada.

El magistrado, que defendió "la trayectoria absolutamente indiscutida" de los miembros de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV que han dictado la resolucion, afirmó que sería "un grandísimo error" que se considere esta sentencia "general y universalizable".

En declaraciones a Europa Press, García afirmó que, "siempre que se suscitan este tipo de discusiones o de polémicas públicas, hay que discriminar y tener claro que un ámbito es el de valoración o dimensión en clave más de naturaleza política, y otra la valoración que se puede hacer en clave estrictamente jurídica".

"Esto no significa que, entre el mundo del Derecho y la política exista un abismo que los separe absolutamente, pero sí creo que obliga a diferenciar y tener meridianamente claro como punto de partida, en orden a cualquier tipo de reflexión, que, desde luego, una cosa es el mundo del Derecho y otra cosa el de la política", subrayó.

Por ello, animó "a quienes están participando en esta polémica y expresando sus opiniones a que lean con detenimiento la resolución que están enjuiciando". En esta línea, expresó su convicción de que, "quienes la lean, podrán concluir, sin especiales esfuerzos, que es una resolución argumentada, bien fundada, que explica y expone las razones que han valorado, que, desde luego, han tenido en cuenta para tomar la decisión que, finalmente, se ha acabado adoptando". "Creo que esas razones que esgrime, desde la valoración jurídica, son unas buenas razones", añadió.

Según afirmó, ello no sinifica que a él, "como ciudadano", le parezca "no especialmente ajustado" a lo que desearía "que determinadas cosas en el País Vasco sigan aconteciendo". "Para que eso no siga pasando, lo que hay que hacer es, cuando se recurre a los tribunales, intentar poner a su disposición un argumentario en clave jurídica lo suficientemente elaborado, profundo, que le permita, con las alegaciones y con las pruebas, poder resolver los asuntos con un material completo y con un completo conocimiento de causa".

En esta línea, el magistrado manifestó que, "en este caso, si a lo mejor se hubiera puesto a disposición del Tribunal unas alegaciones más elaboradas, más desarrolladas, con un material probatorio y acreditativo de mayor recorrido y de mayor dimensión, probablemente, la decisión pudiera haber sido de signo contrario a la que se ha acabado adoptando".

"Pero eso no ha ocurrido y, por lo tanto, yo entiendo, hablando en nombre de una asociación de jueces, que, desde luego, ésa es una resolución jurídicamente fundamentada y, desde el plano del Derecho, correcta, aunque pueda no ser especialmente comprendida, si se analiza más desde otro tipo de atalayas que no sean la estrictamente jurídica y constitucional", señaló.

El representante de la APM pidió, "una vez más, que no se mezclen cosas distintas, que no se confundan churras con merinas y que, si se ejerce la crítica, que está fenomenal, se haga con respeto y consideración hacia los miembros del Tribunal que adoptaron esa decisión, que están todos ellos avalados por una trayectoria absolutamente indiscutida".

"Yo, desde luego, no albergo ningún tipo de duda de que son absolutamente independientes y que han hecho su trabajo con la vista puesta en el Derecho y con la conciencia, probablemente, de que, en otra circunstancia, en otra coyuntura, con otras alegaciones y con otro material probatorio, la decisión podría haber sido distinta", señaló.

ACTUACION DE INTERIOR

Por ello, consideró que no se puede deducir de la sentencia que haya sido reprobada la actuación realizada por el Departamento de Interior hasta ahora en esta cuestión, e insistió en que, "cuando en el camino se sufre algún tipo de resbalón o se produce algún tipo de tropiezo, hay que aprender de los errores e intentar evitar, de cara al futuro, que ese tropiezo se pueda volver a producir en una misma piedra".

"Yo no creo, ni muchísimo menos, que esto signifique un antes ni un después, sino, al contrario, esto hay que enmarcarlo en las circunstancias específicas y concretas en las cuales los jueces resolvemos los litigios sometidos a nuestro conocimiento y nuestra decisión", añadió.

En esta línea, recordó que los jueces "nunca se mueven en un plano general y abstracto", sino que aplican "una Ley que es general y abstracta, pero a casos que son específicos y concretos, y este caso, como cualquier otro, es un caso que se ha resuelto en función de unas concretas alegaciones, de un concreto material probatorio y en una concretísima circunstancia".

"Pretender, a partir de ahí, obtener, ya sea por inducción o por deducción, una premisa de naturaleza general y universalizable, es un grandísimo error", apuntó.

Por último, insistió en que, "salvo el establecimiento de una jurisprudencia decantada en casos iguales y sobre fundamentos de hecho y jurídicos iguales", los tribunales "lo que hacen es dar respuestas concretas a problemáticas concretas".