La Audiencia de Álava condena a prisión permanente revisable al asesino de la bebé Alicia

Juicio contra el presunto asesino de la bebé Alicia
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 26 septiembre 2018 13:29

VITORIA, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a prisión permanente revisable a Daniel M. por el asesinato de la bebé Alicia, a la que lanzó por la ventana de una vivienda de Vitoria-Gasteiz el 25 de enero de 2016. El tribunal considera que no ha quedado probado que este joven, cuya defensa reclamaba la eximente completa por enajenación mental, tenga "anulada" su capacidad de raciocinio ni sufriera "delirios" cuando mató a la niña.

Daniel M., un exprofesor de música sevillano, también ha sido condenado a siete años y medio de cárcel por el intento de homicidio de Gabriela, la madre de la bebé, que tenía 17 años en el momento de los hechos y a la que había conocido semanas antes del trágico suceso.

Además, este joven, que tenía 30 años cuando mató a Alicia, deberá indemnizar con 130.000 euros a Gabriela y con otros 100.000 euros a la antigua pareja de este y padre de la bebé.

La sentencia de la Sección Penal de la Audiencia Provincial de Álava, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, se produce después de que el jurado popular formado para esta causa emitiera un veredicto de culpabilidad contra Daniel M.

Esta es la primera ocasión en la que un tribunal vasco dicta una condena de prisión permanente revisable, que en caso de confirmarse en sentencia firme obligaría a Daniel M. a permanecer entre 25 y 35 años en prisión antes de que se procediera a la revisión de la condena.

El tribunal concluye que "no ha quedado suficientemente acreditado" que el acusado, que reconoció haber lanzado a la niña por la ventana pero que atribuyó su acción a un supuesto delirio, padezca una esquizofrenia paranoide no diagnosticada.

De esa forma, en la sentencia se rechaza el argumento en el que la defensa basaba su petición de que a Daniel M. se le aplicara la eximente completa de toda responsabilidad penal por enajenación mental, y que se le internara en un centro psiquiátrico penitenciario como medida de seguridad.

GOLPES Y PUÑETAZOS

En el relato de los hechos recogido en la sentencia se señala que Gabriela y su hija Alicia pernoctaban en el domicilio de Daniel M., en Vitoria, en la noche del 24 al 25 de enero de 2016. En un momento dado, el ahora condenado --que había conocido a Gabriela pocas semanas antes-- entró en el dormitorio en el que se encontraban madre e hija y puso su mano en el pecho de la menor, según se relata en la sentencia.

En ese momento, la madre de la bebé se despertó y, al percatarse de lo que estaba haciendo, apartó la mano de Daniel del cuerpo de Alicia. Ante esta situación --continúa la sentencia--, el joven empezó a propinar puñetazos a Gabriela, a la que también agarró del pelo y tiró al suelo.

En el transcurso de la agresión, el ahora condenado advirtió a Gabriela de que la iba "a matar" y, en un momento dado, la arrastró hacia el mirador de la vivienda, donde la levantó del suelo y la empujó contra el balcón.

AGRESIÓN CON UN CRISTAL

A continuación, rompió de un puñetazo uno de los cristales del mirador y dijo a Gabriela que "la iba a tirar por la ventana", tras lo que intentó defenestrarla sin llegar a conseguirlo. Finalmente, Daniel cogió un trozo de cristal procedente de la ventana que había roto y se lo clavó en el cuello a la joven.

El relato de los hechos añade que, en ese momento, la bebé Alicia se acercó al lugar en el que se encontraba su madre, y Daniel M., "aprovechando que la menor solo pesaba 11 kilos y media 84 centímetros", la cogió y "con intención de matarla, de manera sorpresiva y sin que ésta pudiera evitarlo, la lanzó por la ventana a través del hueco del cristal que previamente había roto".

La niña falleció pocas horas después, como consecuencia del traumatismo craneoencefálico y la hemorragia cerebral sufrida por el impacto con el suelo tras su caída desde casi cinco metros de altura.

El acusado, que reconoció los hechos desde el primer momento, alegó que había lanzado a la joven a la calle porque había visto en ella la "semilla del mal" debido a los supuestos delirios que padecía.

El tribunal, no obstante, constata que "no ha quedado suficientemente acreditado que Daniel padeciera en el momentos de los hechos ni en la actualidad una grave enfermedad mental no diagnosticada -esquizofrenia paranoide--, que le provocaba delirios y una interpretación distorsionada de la realidad".

CANNABIS Y ALCOHOL

También descarta que esa supuesta alteración mental pudiera agravarse por el consumo de cannabis y alcohol, por lo que descarta que el joven "tuviera completamente anuladas sus facultades de entender lo que hacía".

La resolución de la Audiencia de Álava subraya que durante el juicio se practicó "una extensa prueba testifical y pericial" que descarta la hipótesis de que Daniel agrediera a Gabriela y Daniela por un supuesto desequilibrio mental.

En la sentencia se recuerdan los testimonios de agentes que declararon que el acusado era "plenamente consciente" de la realidad cuando fue arrestado. Además, se subraya que de los diez médicos que estudiaron el estado mental de Daniel, solo los dos peritos contratados por la defensa opinan que padece una esquizofrenia paranoide.

"BÚSQUEDA DE UN BENEFICIO PROCESAL"

Dos de los expertos en psiquiatría que elaboraron un informe sobre el acusado concluyeron que este presentaba un discurso "con un contenido en ocasiones de tipo esotérico y místico, pero que no presenta tintes de carácter psicótico" y que, en cambio, apunta a una posible "motivación orientada a la búsqueda de un eventual beneficio sobre su situación procesal".

El tribunal subraya que, además, el jurado ha atribuido una "mayor fiabilidad técnica y fuerza acreditativa" a los informes de los peritos oficiales que a los de la defensa.

En el caso de la tentativa de homicidio de Gabriela, negada por el acusado, la sentencia subraya que existe "una pluralidad de pruebas que acreditan el ánimo de matar" a la joven por parte de Daniel.

Entre otras evidencias, el tribunal alude al testimonio de dos de los ertzainas que declararon en el juicio, que afirmaron que en el momento de la detención, el joven --que al parecer pensaba que había acabado con la vida de la madre al clavarle un cristal en el cuello-- les dijo que "había matado a las dos".