AVC cree que la limitación del 30% de puestos en mercados ambulantes debe compensarse con ampliación de espacios o días

Publicado: jueves, 4 junio 2020 16:57

BILBAO, 4 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Autoridad Vasca de la Competencia (LEA/AVC) ha afirmado que la limitación del 30% del número de puestos en los mercados ambulantes debe ser compensada por la ampliación de espacios o de días, siempre que se garanticen las condiciones sanitarias.

En un comunicado, ha explicado que, como consecuencia de una consulta planteada por una asociación, la Autoridad Vasca de la Competencia ha emitido un Informe sobre las condiciones de apertura de los mercados ambulante. En el informe, afirma que la limitación del 30% del número de puestos en los mercados ambulantes puede ser compensada por medidas municipales de ampliación/modificación del espacio donde se desarrolla el mercado y/o por la habilitación de otros días para su celebración.

Según ha señalado, el informe deja claro que la adopción de la decisión de reapertura de este tipo de mercados, así como el establecimiento de las medidas necesarias para la protección de la salud en el desarrollo de la actividad comercial de los comerciantes, trabajadores, consumidores y visitantes, corresponde a los Ayuntamientos.

LEA/AVC entiende que las medidas que exijan los Ayuntamientos para la reapertura de los mercados ambulantes deberán ser "proporcionadas" para la consecución de la garantía de la salud de comerciantes, trabajadores, consumidores y visitantes.

En este sentido, ha recordado que, en el contexto de la crisis
sanitaria provocada por el covid-19, la salvaguarda de la salud pública "requiere evitar la aglomeración de público para evitar el riesgo de transmisión del virus".

Respecto al número de puestos en cada día de mercado, el informe aprobado por LEA/AVC señala que, en el caso que el Ayuntamiento disponga de suelo, cuyo uso sea compatible con este tipo de comercio, con las garantías y medidas de control urbanístico e higiénico sanitarias, "podría aumentar el ámbito para la instalación del mercado ambulante, sea en el mismo u otro espacio distinto al tradicional, por tratarse de una medida menos gravosa para los intereses comerciales de los vendedores".

Asimismo, ha apuntado que existe la posibilidad de "autorizar
nuevos días para la celebración del mercado, a fin de que la mayor parte de los vendedores puedan desarrollar su actividad comercial".

Por último, ha señalado que, a la hora de autorizar la reapertura de esta clase de mercados no sedentarios de productos alimentarios y/o de primera necesidad, los ayuntamientos no deben establecer diferentes
condiciones mercantiles entre productos alimentarios o productores similares.