BOPV y BOE publican el acuerdo bilateral que evita recurso de inconstitucionalidad ante la ley de evaluación ambiental

Actualizado: sábado, 4 julio 2015 9:38

Es el noveno acuerdo que se alcanza para que no haya impugnación ante el TC

BILBAO, 24 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) y el Boletín Oficial del Estado (BOE) publican este miércoles el acuerdo bilateral que evita recurso de inconstitucionalidad ante la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, según ha informa en un comunicado el Gobierno vasco.

En este sentido, recuerda que este acuerdo llega tras seis meses de negociación en la 'Comisión Bilateral Estado-País Vasco' y aclara la interpretación de varios artículos, de tal forma que "se preserva la competencia de Euskadi en materia de medio ambiente".

El acuerdo, firmado entre el Consejero de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, y el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, es fruto de la negociación en el seno de la 'Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco'.

En primer lugar, los Gobiernos vasco y central han acordado la interpretación de los artículos 49 y 50. De esta forma, Euskadi estará presente en las consultas transfronterizas que entable el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación cuando una actuación vasca tenga efectos medioambientales en un tercer Estado o cuando la actuación de un tercer Estado tenga efectos medioambientales en Euskadi.

El Gobierno vasco recuerda que la redacción original de la Ley de Evaluación Ambiental limitaba la intervención autonómica en estos casos, pero, "gracias al acuerdo", ahora, el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación lo deberá hacer en colaboración y sin perjuicio de las competencias asignadas.

Además, considera "importante" que el Ejecutivo español respete, en el artículo 4, que la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente sea una órgano consultivo, de cooperación y de intercambio de información, "y no un instrumento con capacidad de impulsar reformas legislativas autonómicas tal y como se pretendía en la ley española".

Por último, el acuerdo "deja claro que no se puede aplicar la claúsula de prevalencia a las Comunidades Autónomas que no adapten su normativa a la española en el plazo de un año".

El Ejecutivo de Urkullu señala que el Gobierno de Rajoy "pretendía que, a partir de un año de la entrada en vigor de la legislación española en materia de evaluación ambiental, las Comunidades Autónomas que no tuvieran su normativa adaptada a ella, tuvieran la obligación de aplicar la ley española y no la autonómica".

NUEVE ACUERDOS EN LA LEGISLATURA

El Gobierno vasco destaca que éste es el noveno acuerdo que se alcanza en el seno de esta comisión bilateral, "acuerdos totales o parciales" que han evitado el recurso ante el TC por invasiones competenciales, como el Real Decreto-ley 14/2012 de medidas urgentes de Racionalización del Gasto Público en el ámbito educativo; el Real Decreto-ley 16/2012 en materia de salud, y Ley* Vasca de no discriminación por motivos de identidad de género* y reconocimiento de los derechos de las personas* Transexuales.

También ha evitado la impugnación ante el Constitucional de la Ley Vasca contra el Dopaje; la Ley de Cajas de Ahorro de Euskadi, la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas; la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas; y la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado.

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