Los centros comerciales abren al 40% de su aforo y no se permite la estancia en las zonas comunes, solo para tránsito

Varias personas utilizan las escaleras mecánicas en el interior del Centro Comercial El Boulevard en el primer día de la Fase 2 de desescalada. En Vitoria-Gasteiz, Álava
Varias personas utilizan las escaleras mecánicas en el interior del Centro Comercial El Boulevard en el primer día de la Fase 2 de desescalada. En Vitoria-Gasteiz, Álava - Iñaki Berasaluce - Europa Press
Publicado: lunes, 25 mayo 2020 10:52

Actividades culturales al aire libre reunirán un máximo de 400 personas, las bodas 100, y congresos, museos, teatros y cines 50

BILBAO, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Ertzaintza y las Policías Locales han establecido nuevos criterios, con motivo de la entrada este lunes de Euskadi en la fase 2 de desescalada, por los que los centros comerciales abrirán al 40% de su aforo y no se permitirá la estancia en las zonas comunes, solo para tránsito. Además, las actividades culturales al aire libre reunirán un máximo de 400 personas, las bodas 100, y los congresos, museos, teatros y cines 50.

Con las nuevas recomendaciones, podrán reabrirse al público todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma, con independencia de su superficie útil de exposición y venta. No obstante, debe reducirse al 40% el aforo total en los establecimientos y locales comerciales.

En los que no sea posible mantener la distancia de dos metros, se permitirá únicamente la permanencia en el local de un cliente. Además, se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

También se permite la apertura de los centros comerciales, así como de parques comerciales, siempre conforme a los aforos determinados en el Plan de Autoprotección de cada uno de ellos, y limitándolo al 30% en sus zonas comunes.

Además, se restringe al 40% el aforo en cada uno de los establecimientos comerciales situados en ellos y no se permitirá la permanencia de clientes en zonas comunes excepto para el mero tránsito entre ellos.

Esto no será de aplicación a la actividad de hostelería y restauración que se desarrolle en dichas zonas comunes, que se ajustará a lo previsto para los establecimientos de hostelería y restauración.
Asimismo, queda prohibida la utilización de las zonas recreativas como pueden ser zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso, debiendo permanecer cerradas.

VELATORIOS Y LUGARES DE CULTO

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 en espacios cerrados.

La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Se permitirá la asistencia a lugares de culto, siempre que no se supere el 50% de su aforo, y que se cumplan las medidas generales de higiene y distancia física establecidas por las autoridades sanitarias.

CEREMONIAS NUPCIALES

Las ceremonias nupciales podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, ya sea en espacios al aire libre o espacios cerrados, siempre que no se supere el cincuenta por ciento (50%) de su aforo y, en todo caso, un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 en espacios cerrados.

Durante la celebración de las ceremonias, se deberán cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias. Las celebraciones tras la ceremonia que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se ajustarán a lo previsto para tales actividades. Estas previsiones se aplicará otras celebraciones religiosas de carácter social.

HOTELES, CASAS RURALES Y HOSTELERÍA

En cuanto a la apertura de hoteles, apartahoteles, casas rurales, alojamientos turísticos y campings, se permite la reapertura al público de las zonas comunes, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas, respetando las medidas higiénico- sanitarias.

Sobre la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración, se permiten la apertura de terrazas, aunque limitándose al 50% de las mesas, en función de la autorización municipal.

Se permite el consumo en el interior del local, siempre que no se supere un cincuenta por ciento (50%) de su aforo y se cumplan las siguientes condiciones: el consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y en ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.

Asimismo, estará permitido el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar. Se permite la apertura de las sociedades gastronómicas y txokos, con un aforo máximo del 50%, con las mismas condiciones higiénico-sanitarias que los locales de hostelería y restauración. No se permite la apertura de los locales de discotecas y bares de ocio nocturno.

REUNIONES FAMILIARES

Están permitidas las reuniones familiares y sociales en domicilios, locales privados o espacios abiertos de uso público para un límite de 15 personas, respetando las normas de protección personal y distancia física establecidas por las autoridades sanitarias.

También se podrán reanudar las visitas a las personas residentes en viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores, así como la realización de paseos por los residentes, de acuerdo al calendario y regulación que establezcan las Diputaciones Forales.

ACTIVIDAD CULTURAL

Los museos podrán abrir sus instalaciones al público, hasta la mitad del aforo (50%) previsto para cada una de sus salas y espacios públicos. Respecto a centros culturales, teatros y cines, se permite un aforo de un tercio de su capacidad, con un límite de 50 personas.

En espacios abiertos, el aforo máximo será de un tercio de la capacidad del recinto y con un límite máximo de 400 personas, con el público sentado y garantizando siempre las distancias y resto de medidas de seguridad.

ACTIVIDAD EDUCATIVA

Además, se reanudan las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de formación, y la realización de exámenes y pruebas de acceso a determinadas enseñanzas, a partir del 25 de mayo.

Se permite la reapertura de autoescuelas y academias, siempre que no se supere un tercio de su aforo, así como la convocatoria, organización y celebración de exámenes oficiales.

Se podrán celebrar congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias. Para ello, se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.

En estos eventos deberán cumplirse las obligaciones de distancia física exigida de dos metros, sin superar en ningún caso la cifra de 50 asistentes, "debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia".

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