Condenado a 9 meses de cárcel por maltratar a caballos y yeguas a los que no alimentaba y sufrían heridas infectadas

Provida animal
PROVIDA ANIMAL
Actualizado: domingo, 3 junio 2018 11:12

BILBAO, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 1 de Barakaldo ha condenado a un hombre a una pena de nueve meses y un día de prisión por maltratar a caballos, yeguas, potros y burros a los que no alimentaba y que sufrían heridas que estaban infectadas.

La denuncia fue presentada por la Asociación de Defensa Anival, APROVA, que ejerció la acusación popular, después de que, sobre las 9.00 horas del 18 de febrero de 2015 fueron hallados en una zona rural de la calle Tranviarios del Barrio de Cruces de la localidad de Barakaldo unos animales propiedad de A.R.L., a los que "no había prestado los cuidados mínimos".

En los hechos probados, la sentencia, recogida por Europa Press, señala que se trataba de un burro, dos yeguas y un potro, que presentaban signos de deshidratación, y se apreciaba "que habían sufrido una inanición prolongada que les había provocado un estado de caquexia que ponía en peligro cierto la vida de los animales".

También se observó que tenían "laceraciones y escaras en cara y prominencias óseas, debido a los medios o procedimiento de contención" utilizados con ellos, lo que les produjo "heridas profundas e infectadas, todo fruto de la mala o inexistente alimentación".

La resolución judicial destaca que el estado de los animales era tal que una de las yeguas murió el 27 de febrero de 2015. Posteriormente, el 20 de febrero de 2015, en la zona de Zubieta de la localidad de Barakaldo, fueron hallados tres caballos propiedad del acusado que se encontraban sin comida y en total estado de desnutrición.

El Juzgado de Barakaldo considera que el acusado "omitió los más mínimos cuidados y atención a los animales, lo que provocó la grave situación de salud de los mismos y la muerte de la yegua".

El Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como constitutivos de un delito continuado de maltrato animal, penado en el artículo 337 del Código Penal. El juez ha condenado al acusado a la pena de nueve meses y un día de prisión, con inhabilitación especial por dos años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales.

Además, el magistrado, Daniel Calderón Gómez, obliga a A.R.L. a indemnizar a la Asociación APROVA con 934,83 euros, más intereses, en concepto de responsabilidad civil.

No obstante, suspende por el plazo de dos años la ejecución de la pena de nueve meses y un día de cárcel, condicionada a que el condenado no vuelva a delinquir en ese plazo y a que cumpla con el pago impuesto. En este sentido, advierte de que, de no proceder a estas condiciones, podrá revocarse la suspensión acordada, y se deberá cumplir la pena impuesta.

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