Diputación de Bizkaia dota con 14.000 euros la contratación por un año o más de personas con difícil inserción

Publicado: domingo, 9 junio 2019 9:28

Ayuda la inserción laboral de mayores de 45 años, desempleados de larga duración, discapacitados o personas en riesgo de exclusión

BILBAO, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Diputación foral de Bizkaia dota con hasta 14.000 euros la contratación por un año o más de personas desempleadas mayores de 45 años, desempleadas de larga duración, personas con discapacidad o en riesgo de exclusión. La subvención máxima por contrato ascenderá a 7.000 euros en el caso de contratos de seis meses de duración.

Para aquellos contratos cuya duración oscile entre 6 meses y 12 meses, se aplicará la proporcionalidad que corresponda a los meses de duración del contrato, según datos de la institución foral, recogidos por Europa Press.

No serán subvencionables aquellos contratos cuyo salario bruto anual sea inferior a 8.000 euros, si la jornada del contrato es parcial, y representa un mínimo del 50% de la jornada completa habitual establecida, e inferior a 12.000 euros para contratos a jornada completa. Dicha limitación para jornadas parciales superiores al 50% será proporcional al salario bruto dentro de los límites establecidos anteriormente.

Para recibir las ayudas, cuyas solicitudes pueden ser presentadas hasta el próximo 13 de septiembre, las empresas beneficiarias deben contratar a mayores de 45 años de edad, personas desempleadas de larga duración, (entendiendo por tales aquellas que acrediten no haber trabajado más de un mes en un período de 13 meses anteriores al inicio de la formalización del contrato) y personas con discapacidad (en un porcentaje igual o superior al 33%).

RIESGO DE EXCLUSIÓN

También será subvencionable la contratación de personas en riesgo de exclusión, que se hallan incorporadas a cualesquiera de los servicios, centros y programas de carácter público dependientes de los servicios sociales forales para la inclusión de Bizkaia; personas que, a juicio de los servicios sociales de base de algún ayuntamiento del Territorio Histórico de Bizkaia, se considere que están en situación de riesgo de exclusión utilizando los instrumentos técnicos comunes de valoración y diagnóstico legalmente aprobados, acreditando tal circunstancia por informe de servicio social de base competente.

Del mismo modo, se dotará la contratación de personas procedentes de programas prelaborales de orientación y formación, o procedentes de los servicios sociales de base de la Comunidad Autónoma del País Vasco; el padre o la madre de una familia monoparental/monomarental, que acredite tener a su cargo a uno o varios descendientes que no desempeñen actividad retribuida; y personas que hayan obtenido la condición de beneficiarias de las prestaciones económicas establecidas en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la garantía de ingresos y para la inclusión social, o de las ayudas especiales para la inclusión social de Bizkaia.

Otros beneficiarios de este programa son las personas extoxicómanas (exalcohólicas y exdrogadictas), víctimas de violencia de género,
exreclusas, personas refugiadas en procesos de integración y personas que hayan superado procesos de sinhogarismo. Todas las personas trabajadoras contratadas han de estar inscritas en un servicio público de ámbito autonómico o estatal como desempleadas con carácter previo a la fecha del contrato.

Es requisito que el contrato de trabajo sea del tipo indefinido o de duración determinada de mínimo seis meses, que se formalicen entre el 15 de setiembre de 2018 y el 13 de setiembre de 2019.

A JORNADA COMPLETA

Los contratos deberán ser a jornada completa o a jornada parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 50% de la jornada habitual establecida, desde la fecha del inicio del contrato y durante toda su vigencia.

Las personas contratadas deberán prestar sus servicios en centros de trabajo radicados en el Territorio Histórico de Bizkaia. A su vez, deberán ser residentes en Bizkaia. Ambos requisitos deberán cumplirse durante toda la vigencia del contrato. Los contratados han de acreditar desempleo de un mes inmediatamente antes del inicio del contrato.

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