Diputación vizcaína ayuda con hasta 25.000 euros la creación de empresas

Actualizado: domingo, 28 septiembre 2014 14:04
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El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el próximo 30 de septiembre

   BILBAO, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -  

   La Diputación foral de Bizkaia ayuda con hasta 25.000 euros a la puesta en marcha durante el primer año de funcionamiento de las empresas surgidas durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2013 y el próximo 30 de septiembre.

    El plazo de  presentación de solicitudes está abierto hasta el próximo 30 de septiembre.  Según datos de la institución foral, recogidos por Europa Press, podrán acceder a estas subvenciones las empresas con personalidad jurídica, incluyendo los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, del Territorio Histórico de Bizkaia, que se hayan dado de alta en actividades económicas entre el 1 de noviembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014.

   Además, deben tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. El centro de trabajo radicará también en este territorio.

   Al menos una de las personas promotoras, residente en Bizkaia, de la entidad beneficiaria, debe acreditar desempleo en el momento anterior al alta de la empresa en IAE y que se haya dado de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente. Este último requisito no es aplicable a las cooperativas de trabajadores asociados ni a las sociedades laborales que se acojan al régimen general.

   A los efectos de remitir solicitudes de subvención, en ningún caso una persona promotora podrá participar en más de un proyecto empresarial. Tampoco podrán participar las empresas, o sus correspondientes promotores, que hubiesen resultado adjudicatarias de subvención con cargo a los Decretos Forales 89/2012 y/o 40/2013.

   Tendrán la consideración de gastos subvencionables: el arrendamiento del local donde se ubique el negocio; suministros (luz, agua, teléfono, gas); primas de seguros; limpieza y mantenimiento; material de oficina; servicios profesionales independientes; publicidad y promoción; cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen especial de autónomos, así como por contingencias comunes en el régimen general, generados durante un período máximo de un año a partir del alta en Actividades Económicas de la empresa.

   La cuantía de la subvención será de 3.000 euros por entidad beneficiaria. En el caso de que, además de los citados requisitos, al menos una persona promotora haya realizado la formación y asesoramiento individualizado con las entidades beneficiarias de la sección 1 del decreto regulador 158/2013, la cuantía de la subvención ascenderá a: 5.000 euros por cada persona o personas promotoras, si pertenecen a determinados colectivos.

   Entre estos se encuentran las mujeres y las personas en riesgo de exclusión social, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 158/2013. También se recibirán 4.000 euros por cada persona o personas promotoras, que no pertenezcan a los mencionados colectivos. La subvención máxima por entidad beneficiaria ascenderá a 25.000 euros.

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