Los gobiernos vasco y español acuerdan la Ley de Costas y evitan el recurso al Tribunal Constitucional

Puerto de Bermeo
EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 2 marzo 2014 10:29

Respeta las competencias vascas en materia de régimen local, ordenación del territorio, urbanismo, vivienda y medio ambiente

BILBAO, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

El consejero de Administración Pública y Justicia, Josu Erkoreka, y el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, han firmado un acuerdo que evitará el recurso de inconstitucionalidad ante la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

Según ha informado el Ejecutivo vasco, el acuerdo ha sido posible tras seis meses de negociación en el seno de la "Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco" y en breve será comunicado al Tribunal Constitucional y publicado en los boletines oficiales del Estado y del País Vasco.

Los gobiernos vascos y español han acordado la interpretación del artículo 1 (apartados 38, 39 y 40) y artículo 2, de manera que se respetan las competencias vascas en materia de régimen local, ordenación del territorio, urbanismo, vivienda y medio ambiente.

De esta manera, el acuerdo deja claro que la Delegación del Gobierno sólo tendrá capacidad de suspender los acuerdos municipales que afecten al dominio público marítimo-terrestre en los casos concretos ya previstos por la Ley de Bases de Régimen Local. Esto es: cuando los casos supongan una infracción grave del interés general y que inmediatamente se denunciarán ante la jurisdicción contencioso-administrativa para su debate.

Además, el texto aclara las dudas competenciales que generaba esta Ley en torno a las competencias del Estado en la costa, en materia de derechos de ocupación que pueden concederse a empresas industriales, licencias urbanísticas a titulares de construcciones e instalaciones, prórrogas de concesiones, etc.

Se deja claro en el acuerdo que el Estado no puede ignorar las competencias de la Comunidad Autónoma de Euskadi para establecer sus propias condiciones medioambientales, urbanísticas, de ordenación del litoral o protección del medio ambiente.