Un juzgado de Vitoria considera "abusiva" la comisión de Kutxabank por ingresos en efectivo en cuenta ajena

Publicado: viernes, 16 noviembre 2018 15:36

Kutxabank ha anunciado recurso ante la Audiencia Provincial de Álava

VITORIA, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria ha dictado una sentencia que condena a Kutxabank a dejar de cobrar la comisión por ingresos en efectivo --en ventanilla-- en cuenta ajena, al considerarla "injustificada" y "abusiva", según ha informado este viernes EKA/ACUV.

La asociación de consumidores ha explicado en un comunicado que presentó una "acción de cesación" y la Audiencia Provincial de Álava dictó el pasado 10 de octubre una sentencia en la que considera "ilegal" la comisión demandada "que asciende a 2 euros, aunque desde hace poco Kutxabank la había subido a 4 euros".

Asimismo, ha informado de que Kutxabank ya ha anunciado su recurso ante la Audiencia Provincial de Álava, tal como hizo el año pasado tras una sentencia del mismo juzgado, en junio, y también en respuesta a una "acción de Cesación" de EKA/ACUV, que le obligaba a dejar de cobrar la comisión por "comunicación de posición deudora", "números rojos" o "descubierto".

En este caso, la asociación ha explicado que Kutxabank también recurrió al Tribunal Supremo, que aún no se ha pronunciado sobre la admisión del recurso. "La reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria contra Kutxabank por la comisión por ingreso en efectivo podría seguir un camino similar a la anterior", ha indicado.

Según ha explicado, en la sentencia de la comisión por ingresos en efectivo, la jueza basa su decisión en que el banco ya cobra una comisión de mantenimiento al titular de una cuenta corriente por el servicio de caja básico, que incluye los ingresos en efectivo por parte de terceras personas.

"Por tanto, es ilegal que cobre una comisión a esas terceras personas, a quienes no presta ningún servicio porque ya se lo está prestando a su cliente. Y no se puede cobrar dos veces, o a dos personas distintas, por un único servicio", ha detallado EKA/ACUV.

Asimismo, la asociación ha recordado que el Banco de España se ha pronunciado en contra de este tipo de comisión señalando que la recepción, por parte de las entidades, de ingresos en efectivo por abono en una cuenta, constituye una prestación del servicio de caja, inherente al contrato de cuenta, que se encuentra remunerada a través de la comisión de mantenimiento.

Por tanto, EKA/ACUV considera que la sentencia del juzgado de Vitoria obliga a Kutxabank dejar de cobrar "definitivamente" esta comisión "eliminando de sus condiciones generales la cláusula contractual por la que impone el cobro de esta comisión", y le carga las costas del juicio.

Además, ha explicado que aunque esta sentencia no lo diga expresamente, EKA/ACUV entiende que esta resolución permite a las personas a quienes Kutxabank haya cobrado esa comisión con anterioridad reclamar su devolución, "dado que cuando un juez declara nula, por abusiva o ilegal, una cláusula, la ley obliga a que se actúe como si dicha cláusula nunca hubiera existido y se deshaga lo que por su aplicación se hubiera hecho".

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