TSJPV ordena nuevo juicio del 'caso Pagasarri'

Actualizado: martes, 8 abril 2014 14:12
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Dice que la "duda razonable" para absolver al acusado "carece de lógica" y es también fruto de "interpretaciones sesgadas"

   BILBAO, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

   La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el veredicto y la sentencia del Jurado por la que absolvía, por falta de pruebas, a I.A.A. del asesinato con alevosía de Néstor Gándara perpetrado en enero de 1996 en la subida del monte Pagasarri de Bilbao.

 

 

Además, devuelve la causa a la Audiencia Provincial de Bizkaia para que celebre nuevo juicio, al considerar que la "duda razonable" que alega el tribunal popular "carece de lógica" y es también fruto de "interpretaciones sesgadas".

   La sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por la familia de la víctima, cuyo cadáver apareció con signos de violencia, contra la  resolución de diciembre de 2013 del órgano jurisdiccional vizcaíno por el que absolvía al único de los tres acusados contra el que, finalmente, se mantuvo la acusación.

   La sentencia del TSJPV, que ha sido notificada este martes, declara la nulidad del veredicto y de la sentencia de instancia, y acuerda devolver la causa a la Audiencia de Bizkaia para la nueva constitución del tribunal de Jurado y la celebración del juicio oral en relación con el principal sospechoso, I.A.A., ya que sobre los otros dos imputados en la causa --los hermanos J.I.B.B. y F.B.B.--. En el caso del primero se retiraron los cargos y al segundo se le acusó de encubrimiento, pero el delito se declaró prescrito.

   En su resolución, la Sala Civil y Penal del TSJPV se refiere a "la duda razonable" fundada en la "ausencia de pruebas directas" contra el procesado y en "la falta de credibilidad" de las testigos protegidos que argumentaron los miembros del Jurado para emitir el veredicto.

"SIN LÓGICA"

   El alto tribunal vasco cree que las razones que ofrece el tribunal popular en su motivación, "como elementos convictivos para justificar su decisión, se han desvelado carentes de lógica y racionalidad en unos casos", y también han sido "consecuencia de interpretaciones sesgadas de los elementos probatorios en otros".

   Por ello, señala que "la duda" cuya concurrencia invoca el Jurado no puede calificarse de "razonable" y, por tanto, no puede integrar válidamente el presupuesto del que se ha valido para declarar la absolución del inculpado.

   El jurado popular declaró la inocencia de I.A.A., que se enfrentaba a una petición de pena de 20 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía, al señalar que "no se han encontrado pruebas que acrediten la presencia del acusado" en el momento en que Gándara fue asesinado a golpes.

   "Hay elementos que restan credibilidad en las declaraciones de los testigos, por lo que existe una duda razonable sobre su culpabilidad", aseveró.