27-M.- El plazo para elegir a los miembros de las mesas electorales se abre hoy sábado

Actualizado: sábado, 28 abril 2007 17:20

MERIDA, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

Los miembros de las mesas electorales en los próximo comicios se decidirán por sorteo público que se celebrará en los ayuntamientos de la región entre hoy sábado, día 28, y el 2 de mayo.

Según recordó la Junta de Extremadura en una nota, se trata de un "deber cívico imprescindible" para poder celebrar el proceso electoral del próximo 27 de mayo.

Así, a partir de hoy sábado y hasta el viernes 5 de mayo, cualquier persona censada en una sección electoral extremeña, menor de 65 años, puede recibir una notificación de la Junta Electoral de la Zona (JEZ) que le informará de su designación como miembro de Mesa y se le entregará un Manual de Instrucciones sobre sus funciones.

Para cada mesa electoral el sorteo decidirá un presidente de Mesa y dos vocales, así como dos suplentes para cada cargo. En el caso del Presidente, la legislación exige que tenga el título de Bachiller o Formación Profesional.

IMPEDIMENTOS

Aunque se trate de un deber cívico "ineludible", los interesados podrán alegar ante la JEZ alguna causa justificada y documentada que, a su entender, no le permita la aceptación del cargo. Podrán notificar su impedimento desde el momento que le llegue la notificación y hasta 7 días después de recibirla, lo que supone un plazo que abarca hasta el 12 de mayo.

Una vez que el JEZ estime la imposibilidad de acudir a la mesa electoral, le comunicará la sustitución al primer suplente, notificación que se realizará hasta el 17 de mayo. Aún así, si surge alguna imposibilidad o contratiempo para desempeñar el cargo designado, se puede comunicar a la JEZ hasta el día antes de las elecciones, el 26 de mayo.

DELITO ELECTORAL

Al tratarse de una obligación cívica, la ausencia no justificada el día de las elecciones tiene "serias consecuencias", pues se trataría de un delito electoral, según recordó el Gobierno regional, que añadió que puede conllevar penas de privación de libertad de 14 a 30 días y multa de 2 a 10 meses.

Por otro lado, los miembros de las mesas electorales que efectivamente actúen como tales, tienen derecho a una dieta; una reducción de cinco horas de duración en su jornada laboral el lunes después de las elecciones, si es trabajador por cuenta ajena o funcionario; y la protección del Sistema de la Seguridad Social en situaciones que pudieran derivarse de su participación en las elecciones.