El Consejo de Gobierno manifiesta su "no conformidad" a la tramitación de una propuesta de ley del PSOE sobre vivienda

Actualizado: martes, 25 marzo 2014 12:35
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MÉRIDA, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Gobierno ha manifestado en su reunión de este martes su "no conformidad" a la tramitación de la Propuesta de Ley de Defensa de Emergencia Social de la Vivienda formulada por el Grupo Parlamentario Socialista.

   Según ha explicado el Ejecutivo extremeño, se exige, como trámite previo a la tramitación de una propuesta de ley formulada por alguno de los grupos parlamentarios, que el Gobierno se pronuncie de forma favorable o contraria a su tramitación, en función de si afecta al estado de gastos o puede suponer disminución de ingresos.

   En cumplimiento de esta exigencia, el Ejecutivo extremeño ha señalado que las actuaciones recogidas en la propuesta de ley "no vienen acompañadas de informes o memorias de los que pudiera desgranarse el impacto económico efectivo que conllevarían".

   "Es más, las propuestas de medios de financiación recogidas en la misma son erróneas, en cuanto al concepto económico de imputación del gasto, así como inviables jurídicamente, pues cuentan con informes jurídicos negativos precedentes en cuanto a gestión y obtención de ingresos", según aparece recogido en la reseña del Consejo de Gobierno celebrado este martes.

   Entrando en el contenido, ha abundado el Ejecutivo extremeño, la propuesta de ley "entra directamente" en la regulación del derecho de propiedad.

   En este sentido, la Constitución Española establece una reserva de ley para la regulación de la propiedad y en base a la misma habría que llegar a la conclusión, ha apuntado, de que el legislador estatal tiene "competencias exclusivas" en materia de legislación civil y por tanto "le corresponde la regulación del contenido esencial de la propiedad y las condiciones básicas de su ejercicio".

   Por otro lado, el texto presentado, como ha sostenido el Gobierno extremeño, "contraviene el principio de igualdad", debido a la "diferencia de trato" que plantea en cuanto a personas físicas y jurídicas.

   "En este sentido, la expropiación temporal que esboza tiene como objeto exclusivo los desahucios instados por personas jurídicas, y como beneficiarios a quienes sufran un procedimiento de ejecución hipotecaria,  excluyendo por tanto otros ejecutantes y otros procedimientos", ha aseverado el Ejecutivo regional.

   Estos dos motivos, ha añadido, son los "principales argumentos" esgrimidos por la Abogacía del Estado para justificar la inconstitucionalidad de la ley andaluza de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, conocida como ley antidesahucios.

   Respecto a la suspensión de los desahucios de viviendas de promoción pública por dos años, salvo los debidos a no ocupación o conductas asociales, cabe decir, según ha indicado el Ejecutivo regional, que la suspensión de dos años en caso de procedimientos de desahucio "ya se encuentra previsto" en el Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, (sustituido actualmente por la Ley 1/2013, de 14 de mayo), al establecer a suspensión inmediata y por un plazo de dos años de los desahucios de las familias que se encuentren en una situación de especial riesgo de exclusión.

   El marco de este Real Decreto-ley ha dado lugar al convenio para la constitución del Fondo Social de Viviendas (FSV) destinadas al alquiler ha sido firmado el 17 de enero de 2013 por los ministerios de Economía y Competitividad, Sanidad y Servicios Sociales, Fomento, Banco de España, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la Plataforma del Tercer Sector (Organizaciones no Gubernamentales), las patronales bancarias y 33 entidades de crédito. Estas vivienda serán ofrecidas a las familias que hayan sido desalojadas de su vivienda por el impago de un préstamo hipotecario de la misma entidad propietaria del fondo.

   Asimismo, ha indicado, el Gobierno de Extremadura, "consciente del problema", aprobó el Decreto 20/2013, de 5 de marzo, que modifica el decreto 115/2006, de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo objetivo fundamental es incorporar una nueva regulación de la minoración de la renta por un período máximo de dos años.

   Esta medida "de carácter excepcional y temporal", afectará a las unidades familiares que, en función de su composición, sus ingresos se hayan visto reducidos por los efectos de la crisis económica tanto que, el pago del alquiler, una vez minorado, suponga para la unidad familiar un esfuerzo económico superior al 10 por ciento de sus ingresos netos.

   Por todos estos motivos, el Ejecutivo autonómico ha indicado que rechaza la tramitación de la propuesta de ley del Grupo Parlamentario Socialista acogiéndose a lo establecido en la Ley Orgánica de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, la Ley de Gobierno y de la Administración de la Comunidad autónoma de Extremadura y el reglamento de la Asamblea.