Consejo.- La Junta destina 12,9 millones a centros colaboradores del Plan FIP para acciones de formación y cualificación

Actualizado: viernes, 14 marzo 2008 12:09

MÉRIDA, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura autorizó hoy la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades titulares de centros colaboradores del Plan de Formación e Inserción Profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan FIP) para la programación de acciones de formación y cualificación dirigidas a desempleados durante este año 2008. El presupuesto destinado para estas subvenciones se cifra en 12.960.000 euros. Según informó hoy en rueda de prensa en Mérida la vicepresidenta Primera y consejera Portavoz de la Junta, Dolores Pallero, el objetivo final es que trabajadores desempleados, inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo, obtengan la formación y la cualificación necesarias para favorecer su inserción laboral. La medida, resaltó Pallero, se enmarca dentro de las iniciativas que promueve el Ejecutivo autonómico para el fomento del empleo en la Comunidad.

Los importes de las subvenciones se determinarán en función de los módulos económicos establecidos por el número de alumnos y por las horas de duración, y la cuantificación se realizará conforme a la orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 13 de abril de 1994, oscilando los importes entre 34,65 euros por hora y 99 euros por hora. La consejera resaltó igualmente que unos 38.000 extremeños han participado en los cursos de formación puestos en marcha desde que en 2005 se aprobaran las primeras convocatorias. Así, ese año, se desarrollaron 871 cursos para la formación de 13.065 trabajadores desempleados.

Del mismo modo, al año siguiente, en 2006, se efectuaron otras dos convocatorias en la que se aprobaron un total de 818 cursos destinados a 12.270 alumnos. A su vez, el año pasado se pusieron en marcha 837 cursos para la formación de 12.555 alumnos. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la correspondiente orden en el Diario Oficial de Extremadura.