Educación destina más de 900.000 euros a ayudas individualizadas de transporte y comedor escolar para el próximo curso

Actualizado: sábado, 4 septiembre 2010 11:53

MÉRIDA, 4 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación de la Junta de Extremadura destina 927.457,91 euros a la convocatoria de ayudas individuales de transporte y/o comedor escolar para el próximo curso 2010/11, autorizada por el Consejo de Gobierno este viernes.

Podrán solicitar estas ayudas los alumnos que, escolarizados en centros públicos, no disponen de centro docente adecuado a su nivel de estudios o a sus necesidades educativas en la localidad en la que residen y no pueden hacer uso de estos servicios, contratados o gestionados por la Consejería de Educación, explica la Administración regional en nota de prensa.

Así, se convocarán tres modalidades de ayudas, una de ellas al transporte diario, para sufragar los gastos del traslado diario del alumnado desde su domicilio habitual al centro escolar o a la parada más próxima de una ruta de transporte escolar organizado; y otra al transporte fin de semana, para el traslado desde el domicilio a la Escuela-Hogar o Residencia en la que tiene adjudicada plaza.

La otra modalidad de ayudas contempla las dirigidas al comedor, para sufragar los gastos derivados del comedor al alumnado que asista, en sesión de tarde lectiva o formativa complementaria, al centro donde está escolarizado, siempre que éste disponga de servicio de comedor escolar gestionado por la Consejería.

REQUISITOS

Para ser beneficiario de estas ayudas es imprescindible tener residencia familiar en Extremadura o gozar de la condición de extremeño y estar matriculado en un centro público de la Comunidad en Segundo Ciclo de Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria.

Entre los requisitos para tener derecho a las ayudas de la modalidad transporte diario figura no contar con centro público que imparta su nivel de estudios en la localidad donde resida, siempre que el centro donde esté escolarizado sea el que le corresponde por adscripción; no contar con ruta de transporte escolar contratada por la Consejería y recorrer una distancia superior a dos kilómetros para acceder al centro educativo o a la parada más próxima del transporte escolar organizado.

En la modalidad de transporte fin de semana los requisitos son tener adjudicada plaza en alguna de las escuelas-hogar o residencia gestionadas por la consejería y residir en un núcleo de población distinto a donde tiene adjudicada la plaza y que ésta dista más de dos kilómetros del domicilio familiar.

Para acceder a la modalidad de ayudas de comedor, el alumnado debe estar escolarizado en centros que carecen de servicio de comedor escolar gestionado por la consejería, asistir a las actividades en sesión de tarde, ya sean lectivas o formativas complementarias, y ser usuario de transporte escolar.

Excepcionalmente, podrán acceder a cualquiera de las tres modalidades el alumnado que no cumpla alguno de los requisitos cuando existan razones socioeducativas suficientemente acreditadas, así como el informe favorable del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamentos de Orientación.

CUANTÍA DE LAS AYUDAS

En cuanto a la cuantía de las ayudas, el Ejecutivo regional explica que en la modalidad de transporte diario rondan los 280 euros para todo el curso para los alumnos que recorren hasta 40 kilómetros semanales y los 930 para lo que hacen más de 250 kilómetros semanales, mientras que para transportes de fin de semana se estipulan hasta 100 euros para 24 kilómetros y hasta 400 euros para los alumnos que recorren más de 200 kilómetros.

Para la modalidad de comedor escolar, la cuantía máxima de la ayuda será de 572,32 euros por alumno y se calculará teniendo en cuenta el precio público establecido para el servicio y el número de comidas que el alumno tenga que realizar fuera del domicilio familiar.

El plazo de solicitud de estas ayudas será de 20 días a partir de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, pero podrán solicitarlas fuera del plazo establecido el alumnado cuya situación cambie con posterioridad al vencimiento de dicho plazo.

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