La Junta aconseja utilizar el seguro de cancelación de viajes que ofrecen las agencias y mayoristas turísticos

Agencia de viajes
EP
Actualizado: sábado, 10 julio 2010 14:41

MÉRIDA, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Instituto de Consumo de Extremadura (Incoex) aconseja a los ciudadanos utilizar el seguro de cancelación de viajes en determinadas circunstancias, ya que, "aunque no es obligatorio", este seguro es "interesante" cuando se abona un viaje con mucha antelación a su realización o cuando la situación profesional o personal del consumidor es complicada y no se sabe si realmente se podrá disfrutar del viaje.

En cambio, el seguro no es necesario si se contrata el viaje a última hora y se está prácticamente seguro de que no habrá problemas, ha informado la Junta de Extremadura en nota de prensa.

Desde el Incoex se recuerda que algunas tarjetas de crédito, cuando se abona un viaje mediante ellas, incluyen la cobertura de cancelación. Por ello, antes de contratar este seguro hay que comprobar si la tarjeta ofrece esa cobertura.

El Gobierno regional explica que en el caso de cancelación de un viaje combinado sin tener contratado este servicio, es "obligatorio" el pago de los gastos de expedición del billete y los de gestión. Asimismo, señala que se debería abonar a la agencia de viajes una indemnización, que dependerá de cuándo se anule el viaje.

Los precios de este seguro varían dependiendo del lugar del destino. La Administración autonómica señala que si los viajes son de ámbito nacional, el importe ronda los cinco euros, siendo un poco más alto si las vacaciones son dentro de Europa, normalmente nuevo euros.

Añade que en el caso de que el destino sea América, los seguros están entorno a los 18 euros. En cualquier caso, el importe lo fija la aseguradora.

Desde el Incoex se recuerda que "no todos los seguros de cancelación cubren los mismos supuestos de cancelación" e indica que las causas más habituales que se pueden alegar son perjuicios graves el domicilio o local profesional; despido laboral; incorporación a un nuevo puesto de trabajo con contrato superior a un año; o convocatoria en un procedimiento judicial o como miembro de una mesa electoral.

Así mismo, se puede alegar citación para una intervención quirúrgica grave del asegurado, su cónyuge o familiar en primer y segundo grado; entrega en adopción de un niño; convocatoria de oposiciones; anulación de un acompañante inscrito y asegurado al mismo tiempo y que le obligue a viajar solo; o quiebra del agente de viajes o cancelación de viajes por parte de la línea aérea.

No obstante, "siempre hay que tener en cuenta que cuando el perjuicio sufrido sea una causa de fuerza mayor que pueda ser probada". En este caso, señala la Junta en su nota, al cancelar el viaje "siempre" se tiene derecho a la devolución total del precio del viaje sin tener que indemnizar a la agencia, por tanto, no sería necesario contratar este tipo de seguro de cancelación de viaje.

Explica que esto significa que la utilidad real de los seguros de cancelación está enfocada hacia otro tipo de imprevistos, como problemas laborales o cambios en las fechas de vacaciones, por citar algunos, porque las causas de fuerza mayor arriba citadas no es necesario cubrirlas.

En este sentido, ha indicado que un aspecto "poco conocido" de este tipo de seguro es que normalmente no cubren anulaciones efectuadas con menos de 48 horas antes de la salida del viaje.

Señala además que es importante tener en cuenta que la póliza se hará efectiva siempre y cuando la razón de la cancelación del viaje esté incluida en la lista de razones consideradas como causas que pueden anular un viaje dentro de cada póliza de seguro.

Por otro lado, destaca que hay seguros de cancelación que incluyen a los parentescos que no entrarían dentro de parientes directos para alegar causa de fuerza, pero esa cobertura en los parentescos depende de cada póliza de seguro. "Como siempre, hay que leer detenidamente la letra pequeña", concluye la Administración extremeña.