Rural.- El Gobierno solicita a Bruselas ayudas del Fondo de Solidaridad para los incendios de Galicia

Actualizado: martes, 10 octubre 2006 21:22

BRUSELAS, 10 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero ha solicitado esta semana a la Comisión Europea las ayudas previstas en el Fondo de Solidaridad para paliar los daños provocados por los incendios que afectaron a Galicia el pasado verano, según informaron a Europa Press fuentes del Ejecutivo comunitario.

Este Fondo fue creado por la Unión Europea tras las inundaciones que asolaron Alemania, Austria, República Checa y Francia en el verano de 2002 causando importantes daños materiales y humanos.

Su uso está previsto en los casos de catástrofes naturales que tengan repercusiones "graves" en las condiciones de vida, el medio natural o la economía de una o varias regiones de un Estado miembro o un país candidato a la adhesión. Una catástrofe natural se considera "grave" cuando los daños causados superen los 3.000 millones de euros o representen más del 0,6 % del Producto Interior Bruto del país.

Para catástrofes regionales que causen daños inferiores al umbral nacional del 0,6 %, siempre que afecten a la mayoría de la población de la región siniestrada y tenga repercusiones graves y permanentes en las condiciones de vida y la estabilidad económica de dicha región la ayuda anual total estará limitada al 7,5 % del importe anual del Fondo de Solidaridad (es decir, 75 millones de euros).

De concederse la ayuda, se trataría de una única subvención que debe completar el esfuerzo público del Estado afectado. En un plazo de diez semanas a partir de la fecha en que se haya producido el primer daño relacionado con la catástrofe, el Estado puede presentar a la Comisión una solicitud de intervención del Fondo.

INFORMACIÓN

Para ello debe comunicar toda la información disponible sobre los daños totales causados por la catástrofe y sus repercusiones en la población y la economía, la estimación del coste de las operaciones previstas y si cuenta con otras fuentes de financiación nacional, comunitaria o internacional.

A partir de la información aportada por España, la Comisión determinará si se cumplen las condiciones para movilizar el Fondo y, en ese caso, decide conceder una subvención, que abona inmediatamente y en un solo pago.

En caso de que el cálculo final de los daños sea claramente inferior a las primeras estimaciones en las que el Estado ha basado su solicitud de subvención, la Comisión debe exigir la devolución del correspondiente importe.

COORDINACIÓN

El Estado beneficiario es responsable de la aplicación de la subvención y, en su caso, de la coordinación con otras fuentes de financiación comunitarias, con el fin de garantizar su complementariedad. Sin embargo, las operaciones financiadas por el Fondo de Solidaridad no podrán estar financiadas a la vez por los Fondos Estructurales, de Cohesión u otros.

La subvención debe utilizarse en el plazo de un año a partir de la fecha en que se haya desembolsado y el país en cuestión debe reintegrar la parte de la subvención que no haya utilizado en ese plazo.

Seis meses después de finalizar ese plazo, debe presentar a la Comisión un informe de ejecución, en el que se indiquen detalladamente los gastos efectuados subvencionables por el Fondo de Solidaridad y cualquier otra fuente de financiación de las operaciones, incluidos los reembolsos de compañías aseguradoras y las indemnizaciones obtenidas de terceros.