Desestimado el recurso de queja de los padres de Asunta contra la desimputación del hombre del semen

Actualizado: martes, 17 junio 2014 17:03
av2" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 17 Jun. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago de Compostela, ha desestimado el recurso de queja interpuesto por los padres de la niña Asunta, Rosario Porto y Alfonso Basterra, contra el auto de archivo del Juzgado de Instrucción Número 2 con respecto a la desimputación del hombre cuyo perfil genético fue hallado en la camiseta de la menor.

   Según señala el auto de 13 de junio de la Audiencia de A Coruña, recogido por Europa Press, el 30 de abril de 2014 la representación procesal de Rosario Porto presentó recurso de queja contra el auto de 22 de abril que decretaba el archivo definitivo de la causa contra el imputado Ramiro C.J., cuyo perfil genético había sido hallado en la camiseta de la víctima.

    Dado el traslado del recurso a las partes personadas para alegaciones, la Asociación Clara Campoamor, que ejerce la acusación popular, presentó escrito para oponerse al recurso de queja interpuesto, mientras que la representación procesal de Alfonso Basterra se adhirió al recurso de su exmujer.

   En su argumentación, la Audiencia de A Coruña señala que "en vista de lo actuado se desprende que son ambas defensas personas en la causa las que impugnan el archivo definitivo del procedimiento contra el co-imputado".

   En el presente caso, incide en su auto la Audiencia, "el procedimiento se centra en un único hecho natural, acontecido, que es la muerte de la menor, que resulta ser el único hecho investigado, concurriendo pues en el presente caso, diversas acciones investigadas pero que se centran en un mismo hecho acontecido, como es la muerte de la menor".

   Pero ello, según añade, "no excluye a los acusados recurrentes", sobre los cuales "sí permanece y continua la imputación", hecho por el que alega la Audiencia que, para que no exista riesgo de que se produzcan resoluciones contradictorias en el presente caso, "debe mantenerse el mismo criterio ya expuesto en resoluciones anteriores" en cuanto "las defensas no pueden en el presente caso mantener la doble posición procesal de acusación y defensa".

"CONFIRMADO EN SU INTEGRIDAD"

   "Y sin que el presente caso esté comprendido dentro de la excepción apuntada en su día por el Tribunal Supremo pro acuerdo de 27 de noviembre de 1998, que considera excepcional dicha posibilidad", sentencia.

   Así, declara de oficio las costas del recurso y acuerda desestimar el recurso de queja interpuesto por los padres de Asunta contra el auto de archivo del 2 de abril y el de 22 del mismo mes, "que se confirma en su integridad".

   En el citado auto el titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de Santiago, José Antonio Vázquez Taín, ratifica el archivo definitivo de la causa contra el tercer imputado, Ramiro C.J., por los "indicios tan claros y palmarios" que lo sitúan en Madrid el día del crimen y reitera el "torrente de indicios" que "apuntan" a los padres de la niña Asunta, Alfonso Basterra y Rosario Porto, como "autores del crimen".

   En su argumentación, el juez instructor recuerda que "en cualquier momento del procedimiento en el que se acredite la inocencia de una de las partes, procederá el inmediato dictado del auto de archivo, puesto que nadie puede ser imputado sin fundamento ni mantenérsele en tal condición arbitrariamente".