El BNG lleva a la Cámara una ley de consultas que deja impulsar preguntas populares a diputados, municipios y ciudadanos

Banderas A Media Asta En El Parlamento De Galicia.
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 28 noviembre 2012 19:38

Regula debates informativos en los medios públicos y establece la posibilidad del voto electrónico


SANTIAGO DE COMPOSTELA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Bloque Nacionalista Galego (BNG) ha registrado en la Cámara gallega una proposición de ley de consultas populares de Galicia en la que se abre la posibilidad de impulsar preguntas a la población por parte de las instituciones --ya sea el Gobierno, Parlamento o ayuntamientos--, así como a los ciudadanos, siguiendo para este último caso un esquema similar al de las iniciativas legislativas populares.

De este modo, los nacionalistas gallegos llevan al hemiciclo gallego con la firma de todos sus diputados la propuesta que esta formación ya había hecho en campaña electoral y que se incluía en el programa con el que se presentó a las elecciones autonómicas el pasado 21 de octubre. Con todo, en el propio texto, al que ha tenido acceso Europa Press, los nacionalistas reconocen que esta ley debe estar sujeta, mientras que no se modifique la Carta Magna, a las normas constitucionales, lo que implica que deben ser autorizadas por El Rey en última instancia, previa autorización del Congreso de los Diputados.

Así las cosas, el BNG recuerda, en la exposición de motivos del texto, que hasta el momento sólo existe el referendo consultivo para las decisiones políticas de especial trascendencia, el constitucional para ratificar las reformas de la Constitución y aquellos para ratificar los estatutos de autonomía.

Sin embargo, para los nacionalistas gallegos estos previstos legales "no pueden ser interpretados con carácter excluyente", sino que "hay que dejar abierta la posibilidad de que se regulen, en este caso por el poder legislativo gallego, otras modalidades de referendo para pulsar la opinión, e incluso determinar decisiones, en ámbitos que afecten o interesen de una forma relevante para la ciudadanía".

El Bloque, que ya demandó que el Gobierno central promoviese un referendo sobre la aplicación de medidas de ajuste impulsadas en 2012, pide que haya consultas populares en Galicia para "las cuestiones de especial trascendencia para la ciudadanía en el ámbito de las competencias de las instituciones gallegas" y, por otro lado, las que se promuevan en el ámbito municipal.

En ambos casos, con la finalidad de "promover de una forma más amplia la participación directa de las personas en los asuntos públicos, no se establecen límites al objeto y alcance de las consultas", sin imponer condicionantes relativos a decidir de forma directa por los electores cualquier tipo de cuestiones que la ciudadanía considere relevante.

ESTRUCTURA DE LA PROPUESTA

La estructura de la propuesta está compuesta por cuatro títulos, dirigido el primero de ellos a definir el referendo y a incluir cuál debe ser la tramitación. Por ejemplo, incluye la posibilidad de retirar la propuesta de consulta, si bien no se podrá formular por parte del promotor una idea similar en los cuatro años siguientes.

Establece que para las consultas populares por vía de referendo en el ámbito de Galicia pueden ser impulsadas por las instituciones o por ciudadanos, permitiendo que sean los impulsores el gobierno de turno a propuesta de su presidente; una décima parte del Parlamento o dos grupos de la Cámara; y un 10 por ciento de los ayuntamientos, que deben representar como mínimo 250.000 habitantes.

En el caso de ser los ciudadanos los que impulsen este tipo de iniciativas, deberán formar una comisión promotora, en la que no podrán estar miembros el ejecutivo, diputados, integrantes de las corporaciones locales, senadores o parlamentarios de otras cámaras. Este sistema, como en las iniciativas legislativas populares, requiere recabar un número de firmas.

Para las de ámbito municipal, pueden ser a propuesta del alcalde o de una cuarta parte de la corporación local, si parte de la vía institucional; mientras que si es ciudadana deberá ser el 10 por ciento de la población de los municipios de menos de 10.000 habitantes; el 8 por ciento en los que tengan entre 10.001 y 30.000 habitantes, y del 5 por ciento para los ayuntamientos con una población superior a 30.001 (incluido).

PLAZOS

La propuesta de ley marca que la consulta deberá realizarse entre el mes y los tres meses posteriores a la fecha de publicación del decreto de convocatoria y las que atañen al ámbito de Galicia no podrán celebrarse entre los 90 días anteriores y posteriores a las elecciones al Parlamento o al Congreso.

Asimismo, establece que, de convocarse una consulta popular cuando otras están pendientes, deben realizarse todas en la misma fecha, sin que ello suponga incumplir otros plazos legales.

Esta ley de consultas también regula los espacios informativos, poniendo por ley que los medios públicos deben celebrar, como mínimo, un debate en horario de máxima audiencia sobre la consulta entre los partidos con representación parlamentaria.

En el caso de ser la pregunta de ámbito municipal, deberán estar las formaciones con miembros en las corporaciones locales. Para los dos supuestos, también los representantes de la comisión promotora.

VOTACIÓN ELECTRÓNICA

La iniciativa legislativa que el BNG lleva al Parlamento, y a la que ha tenido acceso Europa Press, establece que las convocatorias "podrán establecer" un sistema de votación electrónica, tanto con carácter facultativo, como con carácter obligatorio.

Eso sí, es preciso salvaguardar, entre otras cuestiones, el secreto a voto, "de modo que no pueda establecerse ningún vínculo entre el sentido del voto y la persona que lo ha emitido".