Contas censura la gestión de los ayuntamientos sobre el 10% del terreno que tiene que cederles el promotor

Actualizado: lunes, 30 julio 2007 22:30

Alerta de la "insuficiencia" de los medios que destinan las diputaciones a la asistencia de los ayuntamientos

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consello de Contas critica la gestión que realizan los ayuntamientos sobre el Patrimonio Municipal del Suelo, integrado por los terrenos cedidos con carácter obligatorio por parte de los promotores y que supone el 10% del aprovechamiento urbanístico, ya que en su informe de fiscalización de 2004 alerta de que es una "práctica general" sustituir la entrega de la parcela por su equivalente en metálico.

Si bien el órgano fiscalizador señala que no existe incumplimiento legal, alerta de la venta directa de derechos municipales "sin límite alguno", lo que atenta contra los principios de igualdad, concurrencia y objetividad y señala que "no existe un adecuado control sobre el destino de esos recursos". Así, censura que esta práctica impide que los ayuntamientos destinen el dinero que obtienen de la venta de estas parcelas a la construcción de viviendas de protección pública.

Por contra, estima que los recursos, bienes y derechos derivados de la gestión del Patrimonio Municipal del Suelo se destinan a actuaciones "dudosamente permitidas por la normativa urbanística gallega", lo que impide que a través de este mecanismo instaurado con la Ley de 2002 se pueda intervenir en el mercado del suelo para reducir el precio de la vivienda.

Por ello, tras analizar la gestión que realizaron en 2004 los ayuntamientos de A Coruña, Lugo, Vigo, Ourense, Pontevedra, Ames, Arteixo, Cambre, Culleredo y Ponteareas, señala que utilizan los recursos generados por la cesión por parte de promotores "como un instrumento de financiación de sus actividades generales".

Además, el Consello de Contas concluye que los municipios no registran en la contabilidad financiera las cesiones del 10% de los aprovechamientos urbanísticos --excepto en el caso del consistorio lucense-- hasta el punto de que no existe un inventario específico. En este sentido, sólo en el Ayuntamiento de Ourense estaba constituido formalmente en 2004, aunque no de forma material, el Patrimonio Municipal del Suelo.

Ante esta situación, el Consello de Contas recomienda que los ayuntamientos regulen la gestión de este patrimonio municipal para garantizar su eficacia como mecanismo de intervención en el mercado inmobiliario para controlar los precios de la vivienda. No obstante, también puntualiza que la normativa urbanística autonómica "debería ajustarse mejor" para garantizar que los ayuntamientos destinan los recursos derivados de este instrumento a la construcción efectiva de viviendas de protección pública.

ESCASO PAPEL DE LAS DIPUTACIONES

Por otra parte, el Consello de Contas advierte de que los medios que destinan las cuatro diputaciones a los servicios de asistencia a los municipios son "insuficientes" y en el caso del Centro Provincial de Asesoramiento Municipal (CPAM) creado por el órgano de Pontevedra estima que "no realiza las actividades" que le fueron encomendadas.

En su informe de fiscalización correspondiente al ejercicio de 2004 revela que se detectaron "liquidaciones con irregularidades" por parte del técnico informático que atiende las necesidades planteadas por los municipios pontevedreses y relata casos como que percibió dos remuneraciones de la Diputación de Pontevedra "por servicios distintos que se declararon realizados en el mismo intervalo horario".

Para Contas, son insuficientes los recursos que las diputaciones destinan a servicios de asistencia a los ayuntamientos y que oscilan entre el 0,24% de su importe total ejecutado en el caso de la Diputación de Pontevedra; el 0,40% en la de Lugo y el 0,74% en la de A Coruña. En el caso de la Diputación de Ourense no se conoce el coste que le acarrea prestar estos servicios porque carece de una unidad administrativa específica que centralice estas labores.

El órgano de fiscalización recomienda que entre los servicios de asistencia a municipios las diputaciones provinciales incluyan el asesoramiento en materia urbanística y que se den a conocer estas prestaciones entre los municipios de cada provincia.