El juzgado de Padrón archiva las diligencias contra un capitán de la Guardia Civil acusado de manipular tacógrafos

Actualizado: miércoles, 28 julio 2010 17:37

Señala que no hay "el más mínimo indicio" de que "realizase actividades de comprobación o manipulación de discos tacógrafos"

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 28 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de la localidad coruñesa de Padrón ha decretado, a través de un auto con fecha 19 de julio, el "sobreseimiento libre" y el archivo de las diligencias incoadas para investigar la comisión de un posible delito de cohecho por parte de J.T.A., capitán de la Guardia Civil, acusado de manipular discos tacógrafos.

Según han informado este miércoles fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, la incoación de estas diligencias se realizó atendiendo al contenido de un auto dictado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña --9 de noviembre de 2009--, en el que confirmaba la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Padrón de sobreseer provisionalmente las diligencias seguidas contra J.T.A. por un supuesto delito contra la Hacienda Pública debido a su supuesta relación con el grupo Grúas Estación.

De acuerdo con la tesis mantenida por el Ministerio fiscal y teniendo en cuenta determinados indicios incriminatorios, la Audiencia provincial acordó la continuación de las diligencias respecto de J.T.A. por un supuesto delito de cohecho, dada su condición de capitán del instituto armado.

La jueza tomó de nuevo declaración en calidad del imputado a la persona que atribuyó a J.T.A. "la comisión de determinadas prácticas que podrían ser objeto de reproche legal", precisaron las mismas fuentes judiciales, y a varios empleados de Grúas Estación.

"NI EL MÁS MÍNIMO INDICIO"

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Padrón entiende, tras esas declaraciones, que de las diligencias practicadas "no resulta el más mínimo indicio" de que J.T.A. "realizase actividades de comprobación o manipulación de discos tacógrafos, ni de que proporcionase a la empresa información relativa a los controles de la Guardia Civil de Tráfico que, por razón de sus funciones, podría conocer".

Sobre la posibilidad de que el capitán de la Guardia Civil controlase las horas extras del personal de la empresa de que realizase gestiones en el banco para el Grupo Estación, señala el auto que "dicha conducta, en el caso de haberse realizado realmente, podría ser constitutiva de una falta disciplinaria, por incumplir las normas sobre incompatibilidades, pero no puede integrar el tipo penal del cohecho".