La Ley de Espectáculos "no pone más limitaciones" y deja en manos de ayuntamientos el autorizar conciertos

Luís Menor Ley de Espectáculos de Galicia
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 19 junio 2018 12:36

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Jun. (EUROPA PRESS) -

   El director xeral de Emerxencias, Luis Menor, ha asegurado este martes que la nueva Ley de Espectáculos de Galicia, que entrará en vigor el próximo 2 de julio, "no pone más limitaciones" en materia de seguridad o responsabilidad a las actualmente vigentes y ha recordado que deja en manos de los ayuntamientos el autorizar conciertos en locales que no cuenten con la licencia propia para este tipo de actividades.

   Así lo ha dicho en una rueda de prensa convocada para explicar los pormenores de esta norma, después de que desde varios municipios, entre ellos el de Santiago, se asegurase que el cambio en la normativa perjudicará los conciertos de música en directo en bares ordinarios, así como otro tipo de espectáculos.

   En este sentido, Luis Menor ha asegurado que esta nueva norma "aumenta las facultades de los ayuntamientos" y hace una "clarísima apuesta por la autonomía" municipal, dando facultades a las entidades locales en cuestiones como esta.

   Por ello, ha rechazado que vaya a suponer el final de los conciertos en directo en bares que no tengan licencia de 'café concierto', alegando que lo "único" que establece es que ahora será directamente el ayuntamiento el encargado de autorizar estos espectáculos.

AUTORIZACIÓN DIRECTA DEL AYUNTAMIENTO

   Hasta ahora, este tipo de conciertos, ha explicado Luis Menor, requerían una autorización extraordinaria de la Xunta mediada por un informe municipal. Ahora, ha destacado, será el propio ayuntamiento el que otorgará la licencia extraordinaria para que puedan desarrollarse este tipo de espectáculos.

   De igual modo, se dota a los consistorios de una "nueva herramienta". "Cuando un espectáculo sea de baja intensidad, como un cuentacuentos o un monólogo, la ciudad puede publicar una ordenanza municipal para eximir a determinado tipo de actividades de requerimientos administrativos", ha dicho Menor.

   Tras recordar que cuestiones como los aforos o los ruidos son "competencia municipal", Luis Menor también ha sostenido que esta nueva norma "no complica los trámites", si no, "todo lo contrario".

   "Para nada hay esa prohibición", ha dicho Luis Menor en referencia a la música en directo en los bares, para la que, ha recordado, los ayuntamientos tendrán ahora la última palabra.

   El director xeral, que ha asegurado no comprender la polémica generada en este punto en ayuntamientos como el de Santiago, ha apuntado, además, que la nueva norma "no toca el catálogo de espectáculos", y, aunque se ha mostrado abierto a poder tratarlo en el futuro para incluir nuevas categorías, ha recordado la complejidad de esta decisión, al afectar a una multitud de tipos de locales.

   "Si un bar puede hacer conciertos como quiera, ¿Un pub puede dar cafés a las 8 de la mañana?, por eso se recurre al concepto de actividad extraordinaria", ha dicho el director xeral. "Si un restaurante quiere dar fiestas todos los fines de semana, igual tiene que pedir otro tipo de licencia", ha sentenciado.

SEGURIDAD

   En materia de seguridad, por su parte, Luis Menor ha asegurado que no se ponen nuevos requisitos, si no que se adscribe a la normativa vigente. "Los planes de autoprotección y de evacuación se exigen en los casos en los que se venían exigiendo", ha dicho el director xeral.

   A tenor de ello, y aunque se contempla un "régimen sancionador importante", Menor lo ha vinculado a casos de incumplimiento grave, con la intención de que "no haya otro Madrid Arena".

   Del mismo modo, busca "erradicar conductas" como la reventa de entradas o el incumplimiento de horarios, así como limitar el derecho de admisión para que no puedan producirse situaciones de "discriminación".

   Además, en los controles de acceso "no se ponen más limitaciones", si no que, cuando el local, por su licencia, necesite de personal de control de acceso, se exige que éste sea un profesional de la materia.

   En cuanto al acceso de los menores a locales y espectáculos, la única novedad que incluye es la prohibición de que participen en espectáculos taurinos por debajo de los 12 años. El resto de limitaciones obedecen a la necesidad de alejarlos de espectáculos con presencia de alcohol y tabaco en salas de fiesta, salas de baile y pubs, que podrán hacer sesiones específicas para mayores de 14 años.