La "obligación legal" de publicar la lista de bienes de sus ediles, asignatura pendiente en varios ayuntamientos gallegos

Actualizado: domingo, 6 julio 2008 11:59

La norma que fija el acceso y una "publicación anual" de estos datos busca "dar publicidad" y un "cierto control", según una experta

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

Son varias las leyes que apuntan a la "obligación" de "publicar", es decir, "hacer patente y manifiesto al público", la declaración de bienes y de incompatibilidad de intereses de los concejales, pero esta sigue siendo una asignatura pendiente en los principales ayuntamientos de Galicia. De hecho, de las siete grandes ciudades sólo el Ayuntamiento de Santiago cumple la normativa y lo hace siguiendo la tendencia del uso de las tecnologías telemáticas en las Administraciones públicas; Ourense y Pontevedra también avanzan en esa dirección.

El artículo 75.7 de la Ley de Bases de Régimen Local establece que todos los miembros de las Corporaciones locales formularán declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos y formularán, asimismo, declaraciones de sus bienes patrimoniales.

Según la información facilitada a Europa Press por los ayuntamientos de las principales ciudades gallegas, este requisito fue cumplido por los ediles de todas ellas, como paso previo a su toma de posesión; sin embargo, sólo en el caso de Santiago de Compostela se hizo efectiva una reciente modificación legal y se les da publicidad, en concreto, con su publicación en la web municipal.

Y es que con una modificación de la citada norma en 2000 y, más recientemente, con las precisiones introducidas en ella a través de la Ley estatal del Suelo, además de concretar más los datos que se deben facilitar, se obliga a que las declaraciones de bienes y actividades "serán publicadas con carácter anual y, en todo caso en el momento de la finalización del mandato, en los términos que fije el Estatuto municipal".

EN LA WEB

Es en este contexto donde el Ayuntamiento de Santiago ha hecho los deberes y, a través de su Reglamento Orgánico Municipal de Funcionamiento del Pleno de 2007 --que prevé el Estatuto del Concejal--, difunde y hace pública la declaración de bienes y de posibles incompatibilidades --por el momento, a la espera de resolver unas consultas jurídicas, de 22 de los 25 ediles de la corporación-- a través de su página municipal (www.santiagodecompostela.org).

La publicación de la declaración de bienes de los miembros de la Corporación local de Santiago se ejecuta conforme a un modelo de declaración que no incluye datos identificativos para "garantizar el derecho a la intimidad y a la protección de datos". Según explicó a Europa Press la concejal de Régimen Interior y Reforma Administrativa, Rosa Fernández, al colgar en internet estos datos se pretende facilitar la "transparencia" ante los ciudadanos.

En su opinión, las Administraciones públicas deben adaptarse a la sociedad de la comunicación y a las nuevas tecnologías, al tiempo que advirtió de que con esta iniciativa "no se trata de identificar ni señalar a quien es rico, sino de garantizar que los cargos públicos no buscan el enriquecimiento personal".

OTRAS CIUDADES GALLEGAS

Sin embargo, otros ayuntamientos en Galicia hacen una interpretación distinta de la normativa vigente y, por ejemplo, a título "voluntario" el alcalde de Vigo, Abel Caballero (PSdeG), sí publicó en la web municipal (hoxevigo.org) su declaración de bienes, pero no así el resto de miembros de esta Corporación local.

En el caso de los ediles y alcaldes de la práctica totalidad de las principales ciudades gallegas, por el momento sus respectivas Administraciones locales entienden que se cumple con la legislación al "facilitar el acceso" a los datos por aquel ciudadano que lo solicite y que se dirija en cada caso para ello a la secretarías generales que hay en cada ayuntamiento --lugar donde están depositados bajo la competencia del secretario municipal--.

En los últimos días el Ayuntamiento de Ourense acordó modificar su reglamento orgánico de funcionamiento, de forma que está previsto colgar en internet anualmente la declaración de bienes y actividades económicas en la segunda quincena de julio, coincidiendo con la Declaración de la Renta. En 2008, esta medida se ejecutará pasado el verano, cuando se cumpla un mes de su entrada en vigor.

Por su parte, fuentes del Ayuntamiento de Pontevedra confirmaron a Europa Press que ya está el borrador de la modificación del reglamento orgánico de la Corporación local, de forma que se introducen cambios y hay "la propuesta de la publicación anual" de la declaración de bienes.

Sobre la forma en que se hará, "no se descarta" que se use la web municipal siempre desde el "equilibrio" entre la "publicidad" y "transparencia" de los datos con el "derecho a la intimidad", para lo que se colgaría una información extractada de toda la declaración de bienes. Este municipio, dentro de su política de "transparencia", ya tiene en internet las retribuciones de los miembros de la Corporación local y altos cargos.

El Ayuntamiento de A Coruña indicó que los bienes de sus ediles "no se publicarán en la página web", pero quien quiera acceder a ellas lo hará mediante un registro y pidiendo una cita, como pasa en otros municipios. A pesar de ser consultados al respecto, el resto de ayuntamientos de las principales ciudades gallegas no han sabido concretar cuándo ejecutarán la normativa ni sus intenciones sobre cómo hacerlo.

No obstante, especialistas en el ámbito de la Administración pública, interpretan que la obligación legal de publicar estos datos debe hacerse y que, de lo contrario, cabe la posibilidad de un recurso por la vía de lo contencioso-administrativo.

En relación a la legislación vigente en esta materia, la profesora titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela (USC), Alba Nogueira, explicó a Europa Press que en la ley está la idea de "registro público" y, por tanto, el facilitar que los ciudadanos consulten estos datos y que pueda haber "cierto control" sobre el patrimonio de los responsables públicos.

PREVISIÓN LEGAL DE PUBLICITAR

Apuntó que la ley dice que estos datos serán publicados de forma "anual" y "al final del mandato", lo que supone la "previsión expresa de publicitar estos documentos", ya que el hecho de que se difunda cada año implica que se pueda comprobar "la evolución en los bienes" de los cargos "para saber si se incrementan". "Hay una doble publicidad, al tener que facilitar el acceso y al publicar al menos una vez al año y al final del mandato", dijo.

Analizó que la legislación "obliga" a la publicación y sólo deja a los ayuntamientos "cómo hacerlo", a través de la alusión de "en los términos que fije el Estatuto municipal". A raíz de la publicación en la web municipal compostelana, Nogueira señaló que esto encaja con otras normas, como la Ley de Administración Electrónica que busca "favorecer las relaciones de los ciudadanos con las administraciones vía telemática".

Asimismo, relacionó la medida con la Lei da Transparencia e de Boas Practicas na Administración Pública Galega, que fija un registro de intereses de los altos cargos de la Xunta "que se publica en la web". Por ello, opinó que estas normas "indican por donde van las cosas en la publicidad" de estos datos. Sin embargo, la decisión de cómo se publica y dónde corresponde a cada ayuntamiento, si bien esta experta opina que la tendencia apunta al uso de la red y de las nuevas tecnologías.

Sobre la supuesta invasión de la intimidad de las personas cuyos datos se deben publicar, esta profesora de la USC precisó que en la Ley de Régimen Local se fijan excepciones --para los ediles y sus familias que tenga "amenazada su seguridad personal o la de sus bienes, para los que se habilitará un Registro Especial de intereses--, y que la Ley de Protección de Datos hace suya la exclusión prevista en registros y otras leyes de rango similar.