El Supremo condena al Ayuntamiento de Vigo a pagar más de un millón de euros de indemnización a 40 taxistas

Actualizado: martes, 26 junio 2007 21:12

Las reclamaciones tienen su origen en la anulación de cien licencias de autotaxi concedidas irregularmente en 1992

VIGO, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo desestimó un recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Vigo y lo condenó a cumplir una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que obliga a las arcas municipales a indemnizar con más de un millón de euros a 40 taxistas afectados por una anulación de licencias en el año 1996.

El fallo de la sección sexta de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo data del 6 de junio pasado y supone que, al desestimar el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Vigo, se agota la vía ordinaria.

De esta forma, obliga a la Administración local a cumplir la sentencia del TSXG, de julio de 2003, por la que se establecen indemnizaciones de unos 26.500 euros a 30 afectados; otros 28.250 euros a otros 6 taxistas; casi 25.000 euros a otros dos afectados; 19.700 euros a otro más; y 22.000 euros a otro afectado.

El proceso se inició en 1992 cuando el Ayuntamiento de Vigo, presidido por el alcalde socialista Carlos Príncipe, amplió en cien el número de licencias de la clase 'A' de autotaxis. Posteriormente, el TSXG, en 1993, y más tarde el Tribunal Supremo --en 1996--, anularon dicho acuerdo plenario, por no estimar acreditada la necesidad y conveniencia de crear esas nuevas plazas de autotaxi, lo que obligó a la devolución de las licencias.

Como consecuencia de esta decisión, 40 afectados presentaron una demanda reclamando la responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento y pidieron una indemnización por distintos conceptos, entre ellos la pérdida de las licencias, la pérdida de los puestos de trabajo y por daños morales. El Ayuntamiento vigués desestimó su reclamación alegando silencio administrativo, pero el Alto Tribunal gallego falló en favor de los reclamantes.

La Administración local presentó un recurso de casación ante el Supremo contra dicha sentencia del TSXG alegando, por un lado la prescripción de la acción de responsabilidad patrimonial y, por otro, que no ha habido perjuicios para esos 40 taxistas, ya que las licencias se otorgaron con carácter provisional.

PÉRDIDA DE LOS PUESTOS DE TRABAJO

El Supremo considera que "no ha lugar" al recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento y ratifica la sentencia del TSXG, en la que se considera procedente la responsabilidad patrimonial ya que los 40 taxistas perdieron su trabajo "de manera irreversible". Asimismo, se recoge en el fallo que los afectados no actuaron con negligencia, sino que la responsabilidad fue del Ayuntamiento por haber "otorgado licencias al amparo de una ampliación de plazas que nunca debió aprobar".

Por otra parte, se excluye de las reclamaciones la pérdida de licencia, porque los recurrentes "nunca tuvieron derecho a ellas, ya que no existieron legalmente"; tampoco se aceptan las indemnizaciones por los precios de los vehículos ni los accesorios de éstos, ni tampoco los daños morales, un concepto que según el Tribunal es "siempre subjetivo".