El TSXG exime al Igape de conceder una ayuda a Expourense por el proyecto 'Xantar 2015'

Publicado: miércoles, 16 mayo 2018 18:47

   Los magistrados aprecian "un claro incumplimiento" de la fundación de ferias de Ourense "de su obligación como beneficiaria de la subvención"

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 16 May. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha eximido al instituto gallego de promoción económica (Igape) de conceder una ayuda a Expourense por el proyecto 'Xantar 2015'.

   La sentencia, con fecha de este 16 de mayo, ha sido emitida por la sala de lo contencioso-administrativo del TSXG, establece que la Fundación Feiras e Exposicións de Ourense (Expourense) ha incurrido en "un claro incumplimiento de su obligación como beneficiaria de la subvención pública".

   A juicio de los magistrados, este incumplimiento "no puede reputarse parcial en cuanto abarca o afecta a la totalidad del importe subvencionable, al haberse comprobado que se han producido ingresos por el proyecto muy por encima de su coste elegible".

   En su demanda, Expourense aducía que la cuantía del proyecto ascendió a 186.126,62 euros y añadía que el importe de las subvenciones públicas se elevó a 79.372,41 euros, cantidad, según la fundación, inferior al

   máximo de los gastos subvencionados que tuvo en cuenta la Axencia de Turismo de Galicia (75.000 euros) y el Igape (49.372,41 euros), pues sumados ambos arrojan un total de 124.372,41 euros.

   "Olvida la parte demandante que solo cabe tomar en consideración la ayuda otorgada por el Igape o, lo que es igual, el coste elegible de 49.372,41 euros, ya que, si la ayuda cumple la finalidad de financiar un proyecto, lógico parece que la suma a subvencionar se concrete no en un gasto realizado sino en una estimación presupuestaria de un gasto a realizar para la ejecución de aquel", explican los jueces.

CONFIRMA LA REVOCACIÓN

   De este modo, el fallo desestima el recurso de apelación interpuesto, por vía de adhesión, por la fundación, estima el recurso de apelación promovido por el Igape y revoca la sentencia apelada, dictada por el Juzgado de lo Contencioso administrativo número 2 de Santiago el 20 de octubre de 2017.

   También desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Expourense contra la desestimación por silencio administrativo por parte del Igape ante la resolución de diciembre de 2016 por la que se declararon "incumplidas totalmente las condiciones impuestas en la concesión de la ayuda", de 8 de mayo de 2015, por la que se revocó la ayuda otorgada.

   Por último, en consecuencia, los magistrados del TSXG confirman la revocación de la ayuda concedida y no hacen imposición de las costas procesales.