Calvià interpone 22 denuncias por incumplir la ordenanza en materia publicitaria

Patrulla de la Policía Local de Calvià
POLICÍA LOCAL DE CALVIÀ - Archivo
Actualizado: miércoles, 6 junio 2018 11:07

PALMA DE MALLORCA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Policía Local de Calvià ha interpuesto 22 denuncias por incumplimiento de la ordenanza municipal en materia de publicidad dinámica ejercida de manera manual u oral, con sanciones que pueden ascender hasta los 6.000 euros.

En concreto, según ha informado en un comunicado este miércoles el Ayuntamiento, en la última semana se han sancionado a 15 relaciones públicas por realizar publicidad oral sin licencia de diez establecimientos diferentes.

Además, se han interpuesto siete denuncias más por depositar folletos publicitarios en la vía pública. Las sanciones en ambos casos se consideran graves y van de 601 a 6.000 euros.

Desde el Consistorio han explicado que los expedientes han sido comunicados a Inspección de Trabajo para que se compruebe si existe relación laboral legal entre los tiqueteros y la empresa para la que ejercían la actividad.

Por su parte, el Consulado Británico ha realizado recientemente una campaña alertando a sus ciudadanos de las ofertas engañosas para trabajar como relaciones públicas durante la temporada turística en Mallorca.

El año pasado en total se pusieron 25 denuncias por infracción a la Ordenanza de Publicidad. Mientras, este año, en la última semana se han interpuesto 22 multas, ya que se han incrementado los controles por parte de la Policía Local.

Además, en comparación con la temporada de 2017, se ha reducido el horario en zonas comunes, y el Ayuntamiento ha optado por eliminar algunos puntos de distribución de Magaluf, Santa Ponça y Peguera.

Para esta temporada de verano se ha delimitado que se puede ejercer la publicidad dinámica de discotecas, salas de baile, salas de fiesta y análogas solo en cuatro zonas de Magaluf situadas en tres intersecciones y una rotonda, además de un punto en Santa Ponça y otro en Peguera.

Igualmente, para estos establecimientos, los tiqueteros tienen que llevar el chaleco azul marino reglamentario y ejercer como máximo en horario de 18h a 04h. El resto de establecimientos sí pueden realizar promoción dinámica delante de sus fachadas. El horario para ejercer este tipo de difusión publicitaria es más restringido, de 20.00 a 2.00 horas.

La publicidad dinámica en Baleares está regulada por la Ley 5/1997, y establece que los consistorios tienen competencia para regular otorgar las licencias, así como establecer el número máximo de agentes permitidos, delimitar las zonas donde se puede ejercer y el horario.

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