Condenan a 14 años de cárcel a la mujer rusa que mató a su marido en Cala Millor en 2016

Una mujer de nacionalidad rusa y 49 años es juzgada en la Audiencia Provincial de Baleares por el presunto asesinato de su marido de 70 años y darlo de comer a sus perros en la localidad de Sant Lloren (Mallorca).
Una mujer de nacionalidad rusa y 49 años es juzgada en la Audiencia Provincial de Baleares por el presunto asesinato de su marido de 70 años y darlo de comer a sus perros en la localidad de Sant Lloren (Mallorca). - Isaac Buj - Europa Press
Publicado: viernes, 28 junio 2019 18:23

PALMA DE MALLORCA, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez ha condenado a Svetlana B., declarada culpable del homicidio de su marido en Cala Millor en 2016, a una pena de 14 años de cárcel. La mujer, que fue juzgada por un Tribunal del Jurado, mantuvo su inocencia durante el juicio y aseguró que los perros de la familia, de raza peligrosa, fueron los responsables de la muerte del anciano, un alemán de unos 70 años.

Según el veredicto emitido por el Jurado, la sentencia declara probado que la mujer, con la intención de acabar con la vida de su marido, le cortó trozos de carne y piel de un brazo, lo que le provocó una hemorragia masiva y un shock hipovolémico.

La sentencia también declara acreditado que los perros que vivían con ellos en la casa, Lord y Linda, de forma espontánea atacaron y mordieron el cuerpo del hombre cuando éste ya había fallecido.

Así, el Jurado no aceptó la versión de la Fiscalía, que acusaba a la mujer de haber dado de comer a los perros trozos de carne de la víctima y haberlos azuzado para que le mordieran, y le imputaba un delito de asesinato, que implicaría una condena mayor. Los jurados entendieron, en vista del informe forense, que las heridas de los perros fueron posteriores a la muerte.

El juez ha apreciado la agravante de parentesco, puesto que la pareja había contraído matrimonio en enero de 2016, tres meses antes del crimen. El magistrado también entiende que en este caso, la muerte violenta del hombre a manos de su esposa "se halla estrechamente vinculada" a la convivencia matrimonial, "lo que reviste un mayor reproche a la conducta de la acusada".

Los jurados no consideraron probado que la mujer sufriera ninguna alteración psicológica ni que tuviera sus facultades mentales afectadas por el consumo de tóxicos.

En cuanto a la pena a imponer, el juez considera que la actuación de la mujer "reviste una extrema gravedad, no sólo por el hecho de privar a una persona del derecho más preciado, que es el derecho a la vida, sino por la frialdad de ánimo que revela su conducta". Tiene en cuenta la limitada capacidad de la víctima para defenderse, debido a su precario estado de salud, y también que la mujer no llamó en ningún momento a los servicios de emergencia.

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