Empresarios piden una regulación "adecuada" para el 'Pub Crawling'

Actualizado: viernes, 2 mayo 2014 11:41
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Presentan alegaciones a la ordenanza sobre el 'pub crawling' para protegerlo de promotores que no la traten "con rigor"

   PALMA DE MALLORCA, 2 May. (EUROPA PRESS) -

   Las Asociaciones AVIBA (Agrupación Empresarial de Agencias de Viajes de Baleares), ABONE (Asociación de Empresarios de Salas de Fiesta, discotecas y similares de Baleares) y ACOTUR (Asociación de Comercio Turístico) han considerado el 'Pub Crawling' "una oportunidad de innovación turística", por lo que estiman necesario "protegerla de promotores que no vayan a tratar la figura con el rigor imprescindible", y por ello han pedido una regulación "adecuada" que garantice un producto "de calidad".

   Así lo recogen en las alegaciones que han presentado ante la ordenanza sobre el 'Pub Crawling' aprobada, inicialmente, por el pleno del Ayuntamiento de Calvià el pasado día 23 de Marzo, que además han hecho extensibles a la Conselleria de Turismo de Baleares, para que las contemplen en el nuevo reglamento.

   Según destacan, el 'Pub Crawling' está en pleno auge y es una actividad que se ofrece desde hace muchos años en diferentes países del mundo; sin embargo, consideran que "si no existe una regulación adecuada, se corre el riesgo de perjudicar gravemente la imagen turística y crear problemas de orden público, entre otros muchos inconvenientes".

   Por esa razón, las Asociaciones mencionadas, consideran que, en el proceso de diversificación de la oferta complementaria es importante que pueda realizarse "un Pub Crawling de calidad", como alternativa de ocio, atractiva para el turista y que produzca un consumo en los locales adecuados.

   Esa circunstancia sólo será posible si es "un producto de calidad", correctamente organizado, con profesionales con experiencia en el sector. "Si no se crea de la forma adecuada, pasaría a ser de una buena idea turística a arruinar a la propia idea", han destacado.

   En las alegaciones presentadas se solicita que intervengan las Agencias de Viajes (Mayoristas, minoristas o receptivas) o los mediadores turísticos, siempre y cuando en el nuevo reglamento de la ley turística se exija una fianza prestada ante la Administración Pública, a parte de un seguro de Responsabilidad Civil; ya que este último es insuficiente para responder en caso de producirse daños a personas o cosas y, al mismo tiempo, pagar la sanción oportuna. Sólo si el organizador tiene una fianza podrá hacer frente a su responsabilidad ante la administración que pueda sancionarle.

FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES

   En las alegaciones también se solicita que entre las sanciones se añada como faltas graves los supuestos en que se produzcan alteraciones del orden público por excesivo consumo de alcohol, siempre que no haya daños a personas ni daños a cosas superiores a 300 euros.

   Además, como muy graves que se venda alcohol a menores de edad, con independencia de la sanción que, por otras normas, corresponda aplicar a quien incurra en esta falta; y los supuestos en que se produzcan alteraciones del orden público por excesivo consumo de alcohol siempre que haya daños a personas o daños a cosas superiores a 300 euros.