El TSJIB dará a conocer mañana si dicta prisión preventiva para Vicens por su imputación en el caso Son Oms

Actualizado: lunes, 10 noviembre 2008 19:21

El diputado podría ser condenado hasta con 19 años de cárcel por los cuatro delitos que se le imputan

PALMA DE MALLORCA, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El juez instructor del caso Son Oms en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), Antonio Federico Capó, dará a conocer mañana, a partir de las 12.00 horas, el auto en el que resuelve si dicta prisión preventiva para el ex diputado de UM Bartomeu Vicens, principal imputado en el caso de presunta corrupción urdida en los noventa en torno a la explotación del polígono palmesano.

En concreto, la Fiscalía Anticorrupción reclama prisión preventiva sin fianza para el ahora parlamentario del Grupo Mixto o, como alternativa, prisión eludible bajo fianza de 800.000 euros. Mientras tanto, desde la defensa solicitan libertad para Vicens ante la falta de indicios de su implicación en el caso Son Oms, y alegan además que no concurren motivos para que haya riesgo de fuga.

En este sentido, durante la vista de prisión celebrada el pasado viernes en el TSJIB y donde las partes argumentaron los motivos de su petición, el fiscal Joan Carrau defendió la necesidad de dictar prisión preventiva para el diputado por riesgo de que pueda abandonar ante la gravedad de las penas de los delitos que se le imputan -falsificación de documento mercantil, blanqueo de capitales, contra la hacienda pública y estafa continuada-, que podría suponer una pena de hasta 19 años de cárcel.

Sin embargo, los abogados de Vicens, Eduardo Valdivia y Jaime Campaner, aseveraron en la vistilla que no sería "válido" aparejar este riesgo a la pena que pueda pesar sobre el imputado, al tiempo que alegaron que tampoco habría ninguna posibilidad de fuga debido al "indudable" arraigo personal y laboral de Vicens en Mallorca, tras lamentar que para el fiscal, que "tiene los ojos vendados, sí existe este riesgo".

"Lo que defendemos es que no puede haber prisión de ninguna de las maneras, ni con ni sin fianza", enfatizaron. Pese a estos argumentos, el Ministerio público sí cree que el diputado cuenta con los medios económicos suficientes para abandonar la isla.

Por otro lado, Vicens deberá ausentarse del pleno del Parlament que se celebra mañana por coincidir con el acto en que se dará a conocer la pena y en el que obligatoriamente deberá estar presente para que el juez le notifique su decisión. De este modo, tanto el PP, que cuenta con 29 diputados, como las demás formaciones que dan apoyo al Govern -que suman 30 parlamentarios- presentarán en la sesión el mismo número de integrantes, lo que podría afectar a las votaciones que se tengan lugar.

EL PP NO APLICARÁ LA CORTESÍA PARLAMENTARIA

En este contexto, desde el PP han negado tajantemente que vayan a aplicar la cortesía parlamentaria en la sesión plenaria del martes, que implicaría que uno de los diputados 'populares' se abstuviese en las votaciones por respeto a la ausencia de otro parlamentario. En este sentido, aseveraron que esta conducta únicamente la ejercen en caso de que el diputado en cuestión no estuviese presente con motivo de un viaje oficial o por enfermedad.

Así, manifestaron que, en este caso, se trata de una persona "investigada por la justicia y no somos tontos". "Sólo faltaría que nos bajásemos los pantalones, con la caña que desde las demás formaciones nos han dado en materia de corrupción", agregaron en la misma línea los 'populares', quienes manifestaron que "debe aplicarse la misma medicina en todos los casos".

Fue el pasado 27 de octubre cuando la Sala de lo Civil y Penal del TSJIB se declaró competente para instruir el caso Son Oms, causa procedente del juzgado de instrucción número 2 de Palma, debido a la condición de aforado de Vicens. Cabe destacar que se trata de la primera vez en la historia de la comunidad balear que un juez ordinario en Baleares pide la adopción de una medida cautelar al TSJIB para un aforado, como es el caso de Vicens por ser diputado en el Parlament.

En este sentido, el artículo 44 del Estatut de Autonomía señala que la inculpación, prisión, procesamiento y juicio de un diputado parlamentario corresponderá al TSJIB. Por tanto, los jueces de instrucción pueden iniciar la investigación pero nunca dictar prisión para un aforado.