El TSJIB impide construir una macro urbanización de diez hectáreas en la zona de Es Guix, en Escorca (Mallorca)

Actualizado: miércoles, 18 junio 2014 18:22

PALMA DE MALLORCA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha ratificado el acuerdo adoptado el 3 de junio de 2010 por parte del Consell de Mallorca de modificar el Plan Territorial Insular (PTI) y clasificar como suelo rústico la zona de Es Guix, en el municipio mallorquín de Escorca, lo que impide llevar a cabo la macro urbanización de 105 viviendas plurifamiliares, locales y garajes proyectados en el lugar.

En su sentencia, la Sala de lo Contencioso-Aministrativo declara conforme a derecho la decisión adoptada por la Institución insular, que fue llevada a los tribunales por parte del Ayuntamiento de Escorca.

La desclasificación de Es Guix como suelo urbano se aprobó inicialmente en julio de 2008 y su confirmación supone que finalmente no se llevará a cabo esta macro urbanización, que tenía previsto abarcar una superficie de diez hectáreas en plena Serra de Tramuntana.

En su demanda, el Consistorio recordaba cómo en septiembre de 2006, pensando que se trataba de terrenos urbanos por así figurar en las normas urbanísticas municipales, otorgó una licencia para la construcción de la macro urbanización, y alegaba que, si bien los solares fueron clasificados como urbanos en 1993, éstos tenían esta condición "mucho antes pues ya en los años sesenta se empezaron a dar las circunstancias exigibles por la Ley para que se entienda que un suelo se ha transformado en urbano".

Asimismo, la Corporación local defendía que la modificación del PTI aprobada en 2010 "no podía basarse en razones medioambientales o paisajísticas y, además, era arbitraria". Es más, recordaba que antes de 1993 constaba la existencia de unas 47 parcelas, seis viviendas construidas, una edificación en estado de ruina y un restaurante.

Sin embargo, el tribunal expone su disconformidad con los criterios del Ayuntamiento y frente a ello alude a los del Consell, parte demandada en este proceso, al sostener que en los años sesenta existían meramente infraestructuras deficitarias, habiéndose llevado a cabo la implantación efectiva de los servicios urbanísticos de manera paulatina y, "en todo caso, a partir del año 2000".