Abogado General del TUE considera que el Brexit no afecta a la ejecución de euroórdenes

Publicado: martes, 7 agosto 2018 17:04

BRUSELAS, 7 Ago. (EUROPA PRESS) -

Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha afirmado este martes que la decisión de Reino Unido de abandonar el bloque comunitario no debe afectar a la ejecución de una orden de detención europea emitida por Londres porque las leyes comunitarias se seguirán aplicando en este país mientras siga siendo un Estado miembro.

Las conclusiones del letrado Maciej Szpunar, que no son vinculantes de cara a la futura sentencia, abordan el caso de un ciudadano británico que fue detenido en Irlanda y sobre el que pesaban dos órdenes de detención europeas con el objetivo de juzgarle por delitos de asesinato, incendio intencionado y agresión sexual.

El detenido se opuso a ser entregado a Reino Unido y el Tribunal Superior de Irlanda ha desestimado todos sus argumentos, excepto los relativos a las consecuencias del Brexit. Por ello, la corte irlandesa pide al TUE que determine si Irlanda está obligada a entregar a Reino Unido a una persona que es objeto de una euroorden y cuya entrega sería obligatoria en el caso de que Londres no hubiese iniciado el proceso para abandonar el club europeo.

En este contexto, el abogado general del TUE propone al tribunal que declare que el sistema de órdenes europeas de detención y entrega seguirá aplicándose mientras Reino Unido siga siendo un Estado miembro. Y añade que de la información remitida por el Tribunal Superior de Irlanda "no resulta ninguna razón para no ejecutar" las euroórdenes.

Szpunar señala en primer lugar que el principio de reconocimiento mutuo supone que "la ejecución de una orden de detención europea es la regla y la negativa a ejecutarla una excepción que ha de interpretarse de manera estricta".

A esto, añade que en el asunto de ciudadano británico detenido en Irlanda "no se discute ninguno de los motivos de no ejecución obligatorios o facultativos" del sistema de euroórdenes. En concreto, subraya que el tribunal irlandés concluyó que no existe ningún problema concreto de potenciales tratos inhumanos o degradantes" en Reino Unido.

En segundo lugar, el abogado general recuerda que Londres ha decidido salir de la UE, pero "no dejar de ser un Estado de Derecho ni de proteger los derechos fundamentales". Por eso, a su juicio, "no hay ningún elemento para cuestionar el compromiso continuado de Reino Unido con la protección de los derechos fundamentales".

Por último, Szpunar considera que el hecho de que el Tribunal de Justicia ya no tendrá competencia después del 29 de marzo de 2019 --la fecha de salida de Reino Unido del bloque comunitario-- "no constituye un obstáculo" para la entrega del ciudadano británico por parte de Dublín.

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