UE.- El TUE anula la decisión de la CE para que Andalucía devuelva ayudas a sus cítricos por casi un millón de euros

Actualizado: miércoles, 28 marzo 2007 21:08

BRUSELAS, 28 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) revocó hoy la decisión que tomó la Comisión Europea en febrero de 2004 para que Andalucía devolviera 979.554 euros de ayudas agrícolas percibidas para la producción de cítricos entre 1998 y 2001 al considera que hubo "incumplimiento del calendario de entregas" en los contratos entre productores y transformadores. Por el contrario, el TUE dio por buenas las explicaciones de España de que se trató de un hecho "puntual" motivado por las malas condiciones climáticas que se registraron en la comunidad en aquel periodo.

El TUE admitió el recurso presentado por las autoridades españolas contra la decisión de la Comisión de corregir la ayuda destinada a "los productores de determinados cítricos", particularmente naranjas, en Andalucía por valor de 979.554 euros.

Los argumentos con que motivó Bruselas tal decisión, y que fueron recurridos por España y hoy anulados por el TUE, tienen que ver con los contratos que se establecieron en Andalucía entre los productores de cítricos y las industrias dedicada a su transformación.

La normativa comunitaria establece dos tipos de contratos, trimestrales o multianuales, y dota con más recursos económicos a éstos segundos y afirma que "las cantidades que deban entregarse en cada período de entrega podrán transferirse, hasta un máximo del 15 %, al período siguiente mediante un acuerdo escrito entre las partes y siempre y cuando se respete la cantidad global de la campaña".

Andalucía fue, junto con la Comunidad Valenciana y Murcia, una de las tres comunidades que visitaron funcionarios comunitarios en mayo de 1999, que concluyeron que "durante la campaña de comercialización 1997-1998, las autoridadesespañolas habían autorizado, en relación con contratos plurianuales, transferencias de cantidades entre trimestres de entregas" que superaban los límites fijados por la normativa comunitaria.

Por este motivo y en el caso andaluz, determinó la devolución de parte de los fondos que se le habían designado para los cítricos, una decisión que fue contestada por las autoridades españolas. Argumentaron que las transferencias consideradas irregulares por Bruselas se justificaron por las malas condiciones climática que conoció Andalucía en este periodo y se trataron de hechos aislados.

En su sentencia, el TUE admitió unos argumentos relativos a que Andalucía sufrió entre noviembre de 1997 y febrero de 1998, "diversos episodios de lluvias intensas que provocaron inundaciones y desbordamientos de ríos y arroyos que afectaron a las producciones agrícolas y a las infraestructuras" y recordó un real decreto que estableció "medidas de urgencia destinadas a reparar los daños causados por estas inundaciones".

En este escenario, el TUE consideró que, en cumplimiento de las exenciones que contempla la normativa en relación a los casos aislados, "las transferencias de cantidades controvertidas constituyeron una práctica puntual, localizada casi en un 80 % en la vega sevillana del Guadalquivir y limitada a un único trimestre de una única campaña, durante el cual ha quedado acreditado que Andalucía conoció una situación de catástrofe natural debidamente reconocida por los poderes públicos".