Autorizado temporalmente el uso de determinadas trampas de pesca en Fuerteventura

Actualizado: jueves, 22 julio 2010 15:24

Se permite con limitaciones el uso de nasas para peces, nasas para camarón y tambores para morenas a setenta buques de la Isla

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy el Decreto por el que se regula el uso temporal de determinados artes de trampa en aguas del litoral de Fuerteventura, a propuesta de la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, Pilar Merino.

Se autoriza temporalmente el uso de nasas para peces, nasas para camarón y tambores para morenas a setenta buques de la isla, cuya distribución por puertos base es la siguiente: 25 buques en Corralejo, 25 en Gran Tarajal y 20 en Morro Jable.

Además, la norma establece las dimensiones de estas artes, las tallas mínimas de las capturas y el número de embarcaciones y trampas que pueden usarse, informó el Ejecutivo regional tras su reunión en la capital grancanaria.

Esta decisión se adopta sin menoscabo de la necesidad de prohibición general de utilizar todo tipo de artes de trampa en Fuerteventura, si bien se posibilita la pesca y marisqueo limitado con estos aparejos debido a la necesidad de facilitar el ejercicio de la actividad artesanal del sector pesquero profesional de forma limitada, tanto espacial como temporalmente.

EXPLOTACIÓN RACIONAL

Recabados los pertinentes informes científicos, se considera que es necesario proceder a esta autorización "siempre y cuando se compatibilice la explotación racional y la conservación de los recursos pesqueros de la isla".

Al menos con 15 días de antelación al comienzo de la actividad en cada período, las cofradías de pescadores de los tres puertos citados deberán remitir a la Viceconsejería de Pesca el listado de buques que pretende ejercer esta actividad, con el fin de proceder a expedir los permisos especiales que procedan.

Estas trampas tendrán que estar construidas con materiales degradables. En el caso de los tambores para morenas y las nasas para camarón se autoriza el uso de cebo, mientras que se prohíbe en el caso de las nasas para peces.

PERIODOS Y DIMENSIONES

Los tambores para morenas sólo podrán emplearse para pescar en el periodo comprendido entre el 30 de abril y el 1 de noviembre, en fondos comprendidos entre los 5 y 20 metros, con un máximo por embarcación de 15 unidades. Estas trampas tendrán como máximo 60 centímetros de diámetro y un metro de alto.

La pesca con nasas para peces podrá practicarse exclusivamente en el periodo comprendido entre el 1 de noviembre y el 30 de abril. Los fondos autorizados están comprendidos entre los 18 y los 45 metros de profundidad, con un máximo de nasas por embarcación de 15.

Las especies objetivo de estas artes serán el salmonete, el gallito verde y pulpos con peso superior a 1 kilogramo, y se consentirá un máximo del 10 por ciento de capturas accesorias de otras especies. Asimismo, las nasas para peces medirán un máximo de 2 metros de diámetro y 70 centímetros de altura, con una malla mínima de 31,6 centímetros.

Las nasas para camarón podrán emplearse para pescar sólo entre el 1 de noviembre y el 30 de abril, en fondos entre 50 y 1.000 metros de profundidad. Se autoriza un máximo de 10 nasas por embarcación, con una malla mínima que nunca será inferior a 12 milímetros.