La Consejería de Medio Ambiente elabora un informe detallado por zonas para la evaluación de la calidad del aire en cada

Actualizado: sábado, 16 febrero 2008 16:59


Las Palmas de Gran Canaria, 16 Feb. (EP/IP) -

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias ha aprobado la zonificación para la evaluación de la calidad del aire en el archipiélago en virtud de las características climatológicas y orográficas de todas las islas, las fuentes de emisión más significativas (naturales y antropogénicas) y los datos disponibles de la actual Red de Medición de la Calidad del Aire. Este informe, según anuncio publicado ayer en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), contempla zonas que afectan a la totalidad de municipios de Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro, y aglomeraciones y zonas de Gran Canaria y Tenerife.

Entre estas áreas se encuentran aquéllas en las que los niveles de los contaminantes regulados sean inferiores a sus valores límite, así como las que tienen niveles de uno o más de los contaminantes regulados comprendidos entre los valores límite y dichos valores límite incrementados en su margen de tolerancia, y aquéllas donde se supera, por uno o más de los contaminantes regulados, su valor límite incrementado en el margen de tolerancia.

Respecto a la isla de Gran Canaria, se incluye la aglomeración de Las Palmas de Gran Canaria, que abarca la totalidad del municipio, y las zonas del norte y sur de la Isla. El norte incluye Agaete, Artenara, Arucas, Firgas, Gáldar, Moya, Santa Brígida, Santa María de Guía, Tejeda, Teror, Valleseco y Vega de San Mateo; y el sur las localidades de Agüimes, Ingenio, Mogán, San Bartolomé Tirajana, La Aldea de San Nicolás, Santa Lucía de Tirajana, Telde y Valsequillo.

En la isla de Tenerife, la aglomeración es la de Santa Cruz de Tenerife - San Cristóbal de La Laguna, que comprende las vertientes sur de estas dos localidades. La relativa al municipio de San Cristóbal de La Laguna abarca los siguientes 17 núcleos poblacionales: Los Andenes, Los Baldíos, La Cuesta, Las Chumberas, Finca España, Geneto, Gracia, Guajara, Jardina, Las Mercedes, Las Montañas, San Cristóbal de La Laguna, San Lázaro, Taco, Los Valles, La Vega Lagunera y Vega de Las Mercedes. Por su parte, la vertiente sur del municipio de Santa Cruz de Tenerife ocupa 19 núcleos: Barranco Grande, Los Campitos, Cueva Bermeja, Igueste de San Andrés, Llano del Moro, María Jiménez, San Andrés, Santa Cruz de Tenerife, Santa María del Mar, El Sobradillo, El Tablero, Tíncer, Valleseco, Acorán, Alisios, Añaza, El Chorrillo, Valle Tahodio y Catalanes.

En la isla tinerfeña también se han aprobado para la evaluación de la calidad del aire las zonas del norte y sur de la Isla. La del norte incluye la vertiente norte del municipio de Santa Cruz de Tenerife con los núcleos poblacionales de Almáciga, Afur, Casas de la Cumbre, La Cumbrilla, Chamorga, El Draguillo, Lomo de Las Bodegas, Roque Negro, Taborno, Taganana, Bailadero y Roque Bermejo; y la vertiente norte de San Cristóbal de La Laguna, que incluye los núcleos poblacionales de Bajamar, Guamasa, El Ortigal, Punta del Hidalgo, Los Rodeos, Tejina y Valle Guerra. Igualmente, contempla la vertiente norte del municipio de Buenavista del Norte con las áreas de Las Canteras, El Palmar, Las Portelas y el casco; y los municipios de Garachico, La Guancha, Icod de los Vinos, La Matanza de Acentejo, La Victoria de Acentejo, La Orotava, Puerto de la Cruz, Los Realejos, San Juan de la Rambla, Santa Úrsula, El Sauzal, Los Silos, Tacoronte, El Tanque y Tegueste.

Por último, la zona sur de esta isla abarca los municipios de Adeje, Arafo, Arico, Arona, Candelaria, Fasnia, Granadilla de Abona, Guía de Isora, Güímar, El Rosario, San Miguel de Abona, Santiago del Teide, Vilaflor, y la vertiente sur de Buenavista del Norte que incluye Los Carrizales, Masca y Teno.

La Directiva 1996/62/CE, del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, establece una estrategia dirigida a definir los objetivos de calidad del aire ambiente para evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente en su conjunto, a evaluar y disponer información sobre la calidad del aire y a mantener una buena calidad del aire ambiente o mejorarla en caso necesario, fijando unos objetivos de calidad del aire, con límites para determinados contaminantes, que han de alcanzarse mediante una planificación adecuada.

Esta normativa se desarrolla en otras directivas sobre evaluación y gestión de calidad del aire ambiente relativas al dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno, monóxido de carbono y el ozono en el aire ambiente; y la evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente, en relación con el arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos.