El Gobierno de Canarias fija las fiestas autonómicas para el próximo año

Actualizado: jueves, 22 julio 2010 17:44

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno de Canarias ha aprobado hoy el Proyecto de Decreto por el que se establece el calendario laboral de la Comunidad Autónoma para el año 2011.

También se recoge un plazo de 30 días para que los ayuntamientos puedan presentar ante la Consejería de Empleo, Industria y Comercio sus propuestas para los dos días que elijan como festividades locales.

El Ejecutivo regional recordó, tras su reunión en la capital grancanaria, que el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, establece que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar las fiestas que por tradición le sean propias, sustituyendo para ello a las fiestas de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente.

A la vista del calendario para el año 2011, teniendo en cuenta que coinciden en domingo las fiestas del 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, y 25 de diciembre, Natividad del Señor, previa audiencia de la representación de los empresarios y de las centrales sindicales, se ha estimado conveniente que el descanso laboral correspondiente a la fiesta del 25 de diciembre se traslade al lunes 26 de diciembre.

Asimismo, se ha decidido que la fiesta correspondiente al 30 de mayo, Día de Canarias, se tome en sustitución del descanso laboral correspondiente a la fiesta del 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

DÍAS INHÁBILES

Por lo tanto, en el año 2011 tendrán la consideración de inhábiles en toda Canarias, además de los domingos, el 1 de enero, Año Nuevo; el 6 de enero, Epifanía del Señor; 21 de abril, Jueves Santo; 22 de abril, Viernes Santo; 30 de mayo, Día de Canarias; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; y 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

Además del 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; 26 de diciembre, descanso laboral correspondiente a la fiesta de la Natividad del Señor.

FIESTAS INSULARES

El presente Decreto fija además cuáles serán las festividades de ámbito insular, que, para el año 2011, quedan conformadas de acuerdo al siguiente calendario: El Hierro: 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes; Fuerteventura: 16 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña; Gran Canaria: 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino; La Gomera: 3 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe.

Así como Lanzarote: 15 de septiembre, Virgen de los Dolores, Nuestra Señora de los Volcanes; La Palma: 5 de agosto, Virgen de las Nieves; y Tenerife: 2 de febrero, Virgen de la Candelaria.

La normativa dispone que el calendario de días inhábiles se complete con dos festividades, que son propuestas tradicionalmente por las autoridades locales a la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, que es el departamento del Gobierno autonómico responsable de elaborar el calendario de días festivos de cada año.

Los ayuntamientos de toda Canarias dispondrán de un mes, a partir del día en que el decreto debatido hoy en el Consejo de Gobierno se publique en el Boletín Oficial de Canarias, para hacer llegar las fechas escogidas a la Dirección General de Trabajo.