El TSJC avala la flexibilidad horaria de un agente de la Policía Canaria para llevar a sus hijos al colegio

Agente de la Policía Canaria
Agente de la Policía Canaria - CEDIDA - Archivo
Publicado: martes, 2 julio 2019 10:56

SANTA CRUZ DE TENERIFE, 2 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado la razón al recurso presentado por uno de los agentes del Cuerpo de la Policía Canaria y representante sindical de co.bas, después de que le fuera retirada la flexibilidad horaria que le permitía llevar a sus hijos al colegio.

Según indica el sindicato en un comunicado, ese derecho le fue concedido en un principio, de modo que entraba a las 9.00 y salía a las 16.30 horas cumpliendo sus siete horas y media estipuladas y podía, al mismo tiempo, conciliar su vida laboral y familiar unos días determinados.

Pero según el agente, después de una reunión con la directora general, Nazaret Díaz, en la que el portavoz sindical, en cumplimiento de su labor, expresó las quejas que podía tener respecto a la dirección del Cuerpo, esa flexibilidad horaria le fue retirada "argumentando que era un turno inventado".

RECHAZADA EN PRIMERA INSTANCIA

"La dirección insinuó que si no lo presentaba por escrito, sólo de forma hablada, me lo concederían", apunta el agente, Abraham Catalina, que no consideró esa opción pues se trataba de un derecho de "todos" los compañeros y compañeras, de ahí que recurriera al documento oficial, al que respondieron con una negativa.

Entonces, el agente presentó una demanda ante los tribunales y en primera instancia se emitió una sentencia en la que se le reconocía el derecho pero no le daba la razón, algo que sí ha hecho el TSJC en su recurso.

"La sentencia ha sido histórica en términos de conciliación familiar y de la utilización caprichosa que se hace de cuestiones que son derechos de los trabajadores", explica.

Además, indica que el TSJC ha sido "contundente" al afirmar que, en contra de lo que quería sostener la dirección del Cuerpo, el servicio policial "no puede estar en detrimento de" la conciliación familiar y deben buscarse las alternativas posibles teniendo en cuenta el trabajo de toda la plantilla, pero "ofrecer sólo el cambio de turno al de la tarde como alternativa no es conciliar sino conculcar un derecho".

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