Absuelven por falta de pruebas a un hombre acusado de ofrecer trabajos falsos a través de un número 906

Actualizado: viernes, 14 abril 2006 14:09

LOGROÑO, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha decidido absolver por falta de pruebas a un hombre acusado de ofrecer trabajos falsos, mediante anuncios insertados en la prensa local riojana, para los que era necesario llamar a un número 906, lo que constituye un delito de publicidad engañosa.

El juicio se celebró el pasado día 4 en el Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño. De acuerdo con el escrito de la acusación, el acusado "guiado por el propósito de un beneficio económico, decidió lucrarse con la realización de anuncios fraudulentos en medios de comunicación". Para ello, a través de una empresa, contrataba con Telefónica teléfonos de prefijo 906.

Explicaba el escrito que el hombre insertaba anuncios en periódicos de gran difusión provincial o regional, remitiendo a un número de teléfono móvil al que los interesados debían llamar, desde el que se les remitía a un 906. En este número, decía el fiscal, "los particulares serían demorados en la conversación".

A ello sumaba que "el personal de la empresa del acusado tendría instrucciones precisas para provocar este retardo, entreteniendo a los interlocutores con preguntas, y sin proporcionar ninguna información en la que el particular estuviera interesado; a lo sumo, un apartado de correos para remitir datos del particular, al que no recibiría respuesta ninguna".

Posteriormente, Telefónica cargaría el importe de la llamada al abonado. Si la línea telefónica 906 era seguida por un 3, la tarifa era de 0,09 euros en el establecimiento de la llamada y un precio por minuto de 0,28 euros en horario normal y de 0,22 euros en horario reducido.

Si el número 906 era seguido por un 4, se mantenía el precio de 0,09 euros en el establecimiento de llamada, mientras que el precio por minuto era de 0,72 euros en horario normal y de 0,61 euros en horario reducido.

De estas tarifas, Telefónica retribuía a la empresa titular de la línea 906 la cantidad de 0,18 euros por las seguidas por un 3 y de 0,57 euros por los teléfonos seguidos por un 4.

El fiscal detallaba que "los anuncios de trabajo no respondían a realidad alguna". Así, explicaba que el 19 de junio de 1999, el acusado G.M., constituyó la mercantil 'Casa 900 Línea Verde', de la que fue administrador único hasta diciembre de 2001, y que tenía el domicilio en su propia dirección personal, en Adeje (Tenerife).

En septiembre de 2000, el acusado contrató una línea de tarificación especial 906-4 con Telefónica y, en abril del año siguiente, insertó en un diario riojano anuncios de trabajo "con indicación del móvil de contacto, que luego se derivaban al número de tarificación especial".

La denunciante llamó a esta línea en abril de 2001, "sin resultado alguno y con un coste de llamada de 554,61 euros". Los hechos, decía el fiscal, fueron denunciados en el mes de mayo de 2001 por el secretario general del sindicato USO-Rioja "cuyo centro de formación recibió las quejas de demandantes de ofertas de empleo y comprobó la realidad de los hechos".

La Fiscalía señalaba en su escrito que todos estos hechos constituían un delito de publicidad engañosa, del que era autor el acusado, para el que se reclamaba un año de prisión.

Sin embargo, en la vista oral, según la sentencia, no se pudo comprobar con los dos testigos presentados que "el acusado realizaba la práctica que se denunció en su día", a lo que suma que el dinero ganado por la empresa "fueron más bien escasos", por lo que decide la absolución del acusado.