Niños, menores, hermanos
CÁRITAS
Actualizado: viernes, 25 mayo 2018 11:57

   LOGROÑO, 25 May. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Gobierno ha aprobado esta mañana el proyecto de Ley de Protección de Menores en La Rioja, que supone actualizar la normativa regional existente y adaptarla a la intensa reforma operada en el Sistema Estatal de la Infancia y la Adolescencia.

   Esta normativa, según ha detallado el consejero de Políticas Sociales, Conrado Escobar - en la comparencia posterior al Consejo de Gobierno, acompañado de la portavoz, Begoña Martínez Arregui- permitirá elevar la protección a los menores riojanos, a los que considera ciudadanos de pleno derecho en todos los ámbitos de la esfera pública y privada. De esta forma, se da respuesta, desde una perspectiva integral e interdisciplinar, a la nueva realidad social de la población infanto-juvenil en La Rioja, así como a los retos planteados desde las diferentes áreas de intervención social, de acuerdo con la Estrategia del Gobierno riojano en materia de Infancia.

   El texto de la nueva norma se ha elaborado en colaboración con la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI) de la Universidad de La Rioja, a través de los expertos jurídicos: Roncesvalles Barber, Pedro de Pablo y María Amelia Pascual, y la profesora del área de Trabajo Social y Servicios Sociales de la UR, Neus Caparrós.

   Escobar ha señalado que el objetivo último y nuestra aspiración con este texto "es ofrecer el mejor entorno, la más apropiada respuesta social pública para proteger a los menores en La Rioja". Asimismo, ha añadido que con esta norma queremos "adaptarnos a una realidad social cada vez más cambiante en el que las personas más vulnerables, como pueden ser los menores, necesitan de una especial protección".

   La Ley contiene 145 artículos, estructurados en un Título Preliminar y siete Títulos, además incluye una Disposición Transitoria, dos Disposiciones Finales, dos Disposiciones Adicionales y una Disposición Derogatoria. La norma se articula alrededor del interés superior del menor y ha contado para su elaboración con la participación de entidades del tercer sector y diferentes operadores jurídicos. En concreto, se sometió un primer borrador de este texto a consulta pública en la que han participado en la elaboración; Fundación Pioneros, Unicef, Ymca, Afaar, Fundación Diagrama, Cruz Roja Española y Apir, además de Fiscalía de La Rioja, Juzgado de Menores, Juzgado de Violencia y Juzgado de Familia.

   En este sentido, la futura ley tiene un enfoque transversal y atendiendo a la diversidad de cada menor, dado que afecta a ámbitos educativos, culturales, sanitarios, de justicia e interior, en los que confluye normas de naturaleza civil y administrativa de origen internacional, nacional y autonómico.

PRINCIPALES NOVEDADES DEL PROYECTO DE LEY

   Entre las novedades destaca la concepción del menor como ciudadano, auténtico titular de derechos y deberes, reconociéndole una autonomía progresiva y su papel corresponsable en la sociedad de acuerdo a su edad y madurez.

   En concreto, se profundiza en el derecho del menor a ser oído y escuchado; se refuerza la atención a los menores con discapacidad y se introduce la necesidad de afrontar los nuevos riesgos que plantea la utilización de las tecnologías de la información, a través de la capacitación de los menores y su entorno familiar en el uso seguro y saludable de las TIC. Además, la norma combate el incremento de los casos de ciberacoso y lucha contra el absentismo y el abandono escolar.

   Del mismo modo, persigue sensibilizar sobre todos los hábitos que pueden perjudicar el desarrollo integral de los menores durante la infancia y adolescencia, como el alcohol, las drogas u otras sustancias adictivas.

   La nueva normativa también mejora sustancialmente los supuestos de separación o cese de la convivencia común con el menor de ambos padres cuando, no estando privados de su patria potestad, la posible o declarada situación de riesgo o desamparo sólo sea imputable a uno de ellos.

   Se introducen también otras novedades como la figura de la guarda provisional para aquellos supuestos en que la entidad pública deba prestar una atención inmediata a un menor, en tanto se practican las diligencias precisas para investigar sus circunstancias y constatar, en su caso, la situación real de desamparo.

   Además, la norma potencia el acogimiento familiar o residencial como mecanismo de guarda de los menores, especialmente en menores de seis años; y actualiza los nuevos tipos de acogimiento familiar y su procedimiento de formalización. En materia de adopción, introduce la adopción abierta, se refuerza el derecho de los hijos adoptivos a conocer su origen biológico y recoge la nueva figura de la guarda con fines de adopción, que viene a sustituir al desparecido acogimiento preadoptivo.

   Por último, la nueva norma elimina la judicialización de algunos trámites con el objetivo de agilizar la toma de decisiones en favor del bienestar del niño, evitando que estas tengan que ser aprobadas por un juez.

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