El BOR publica el reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria de La Rioja

Actualizado: viernes, 26 septiembre 2008 13:38

LOGROÑO, 26 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica hoy el Reglamento orgánico de los institutos en los que se imparte Educación Secundaria en La Rioja. Este documento desarrollará todo lo relativo a la administración, participación, autonomía y gobierno de estos centros.

Hasta ahora, estos centros se regían por un reglamento general, recogido en el Real Decreto 82/1996, y por las instrucciones concretas que cada curso dictaba la Consejería de Educación del Gobierno de La Rioja. Las novedades que incluye la Ley Orgánica de Educación (LOE) y la conveniencia de una revisión de la normativa de organización y funcionamiento de los centros han hecho necesaria la aprobación de este nuevo reglamento orgánico para los Institutos de Secundaria La Rioja (IES).

Además en este nuevo reglamento se incorporarán aspectos relacionados con la utilización de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) en el ámbito escolar.

ESTRUCTURA Y CONTENIDO DEL REGLAMENTO

El Decreto aprobado consta de un artículo único sobre la aprobación del reglamento; dos disposiciones adicionales (sobre las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria y la cobertura de puestos); dos transitorias (sobre la vigencia de los Consejos Escolares y de los órganos de gobierno); una derogatoria y otras dos finales.

El nuevo reglamento orgánico de los IES, anexo al Decreto, está conformado por seis títulos, sus correspondientes capítulos y 73 artículos.

En el Titulo I, de disposiciones generales, se expone el carácter y las enseñanzas de los IES, así como la creación y supresión de las mismas.

La participación en el funcionamiento y el gobierno en los Institutos, por su parte, se regula en el Titulo II. En concreto desarrolla tres aspectos: la organización, la dirección y los diferentes órganos (colegiados de gobierno y de coordinación docente) de estos centros.

El Título III incluye todo lo referente a la autonomía y la evaluación de estos centros de Secundaria. Se detalla el procedimiento para elaborar el Proyecto Educativo, la Programación General Anual o el Reglamento de Organización y Funcionamiento. Además, establece aspectos como la autonomía de gestión económica o la evaluación de los institutos.

Los Títulos IV y V contienen otros aspectos relacionados con la participación del alumnado y de las familias. Es el caso de las Juntas de Delegados y las asociaciones de padres y alumnos.

Por último, el Título VI determina el procedimiento de creación y supresión de las Secciones de Educación Secundaria Obligatoria en aquellas localidades que sean necesarias.