El Gobierno de La Rioja elabora un dossier de preguntas y respuestas para ayudar a los ciudadanos en la nueva normalidad

Una camarera prepara un café en la cafetería del centro cívico El Pilar,
Una camarera prepara un café en la cafetería del centro cívico El Pilar, - Iñaki Berasaluce - Europa Press
Publicado: sábado, 20 junio 2020 17:58

LOGROÑO, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de La Rioja ha editado un dossier de preguntas y respuestas con el objetivo de que los ciudadanos puedan conocer las principales características de las normas que se van a implantar con motivo de la entrada, en unas horas, en la fase denominada como nueva normalidad.

Desde las 00,00 horas del día 21 de junio de 2020,
La Rioja avanza a la nueva normalidad tras superar las etapas del Plan de Transición establecido por el Gobierno de España en respuesta
a la crisis originada por la expansión del COVID-19 en España.

Desde este momento, las competencias de gobernanza
en los diferentes sectores del Gobierno con el fin del estado
de alarma decretado el 14 de marzo son de la propia Comunidad.

El objetivo es conseguir que, preservando la Salud Pública, se recupere la actividad económica y social, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS:

¿En qué situaciones debo llevar mascarilla?

Los mayores de seis años, en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, siempre que no sea posible mantener la distancia interpersonal de metro y medio. Asimismo, el uso de mascarilla es obligatorio en los medios de transporte público.

En el caso del vehículo privado solo será obligatoria si los viajeros no viven en el mismo domicilio.

¿Qué normas de higiene y seguridad son obligatorias?

Se recomienda, además del uso de mascarilla y respetar la distancia de seguridad de un metro y medio, el lavado continuo de manos y medidas de limpieza y desinfección con especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto frecuente, así como la ventilación de espacios cerrados.

¿Se pueden realizar velatorios y entierros?

Con un límite de 75 personas si son en espacios al aire libre o 75 por ciento del aforo en espacios cerrados. A los entierros podrán asistir un máximo de 75 personas. Se debe mantener la distancia interpersonal de un metro y medio o utilizar mascarillas.

¿Se puede ir a misa y a lugares de culto?

Está permitida la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 75 por ciento de su aforo y se respeten las medidas de seguridad e higiene.

¿Se pueden celebrar bodas?

Sí. Si se realizan ceremonias en lugares de culto deberán respetarse las reglas de aforo del 75 por ciento de su capacidad máxima y las medidas de seguridad e higiene. Las celebraciones
posteriores en establecimientos hosteleros deberán respetarse las medidas de higiene, prevención y distancia interpersonal.

¿Puede abrir el comercio minorista?

Podrá abrir sin límite de aforo siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia interpersonal de un metro y medio. Se procurará la atención con servicio preferente para mayores de 65 años.

¿Y los centros comerciales?

Con un límite del aforo del 75 por ciento de sus zonas comunes y sin límite de aforo en los establecimientos que se encuentren en su interior siempre que se respete la distancia interpersonal de un metro y medio. Se procurará la atención con servicio preferente para mayores de 65 años.

¿Y los mercadillos?

Podrán abrir los mercadillos pero no podrán superar el 75 por ciento de los puestos habituales o autorizados. El número de consumidores deberá limitarse para garantizar la distancia. Los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días de apertura para compensar las limitaciones.

¿Cómo pueden abrir bares y restaurantes?

Sin límite de aforo tanto en terraza como en interior siempre que se asegure la distancia física de un metro y medio entre las mesas o grupos de mesas. Está también permitido el servicio en barra manteniendo la distancia de un metro y medio entre clientes o grupos de clientes.

¿Cómo van a abrir discotecas y locales de ocio nocturno?

Con un aforo permitido del 75 por ciento de la ocupación máxima autorizada, sin pista de baile y con mesas en su lugar.

¿Y los hoteles y alojamientos turísticos?

A los servicios de hostelería y restauración de hoteles y alojamientos se les aplicarán las mismas medidas que al resto de bares y restaurantes: sin límite de aforo tanto en terraza como
en interior siempre que se asegure la distancia física de un metro y medio entre las mesas o grupos de mesas.

¿Cómo van a abrir las bibliotecas?

Las bibliotecas, tanto públicas como privadas, abrirán para todas las actividades propias del servicio bibliotecario sin que la ocupación de las salas supere el 75 por ciento de su capacidad máxima.

¿Abrirán los museos y salas de exposiciones?

Los museos y salas de exposiciones tienen permitida la apertura con un aforo limitado al 75 por ciento. En las actividades culturales que impliquen concurrencia de varias personas se limitará a 25 asistentes, manteniendo metro y medio de distancia o con mascarilla.

¿Cómo van a abrir los cines, teatros, auditorios y circos de carpa?

Podrán desarrollar su actividad, siempre que cuenten con butacas preasignadas, y se garantice la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio.

¿Podrán celebrarse espectáculos al aire libre?

Sí, con un aforo máximo del 75 por ciento de su capacidad autorizada hasta un máximo de 1.000 personas, respetando la distancia mínima interpersonal de metro y medio o el uso de mascarilla obligatorio. El público deberá estar sentado y los asientos estarán asignados con la
venta de la entrada.

¿Cómo se puede viajar en los transportes públicos?

Con el aforo máximo permitido en cada vehículo, tanto sentados como de pie, siempre con el uso obligatorio de la mascarilla por parte de todos los viajeros.

¿Abrirán las piscinas recreativas?

Sí, tanto al aire libre como cubiertas, para uso deportivo o recreativo, se deberá respetar un 75 por ciento de la capacidad del aforo exceptuando las piscinas privadas unifamiliares de uso privado.

¿Se podrá asistir a espectáculos deportivos?

Sí, respetando un aforo del 75 por ciento a la capacidad máxima autorizada hasta un máximo de 1.000 personas. Debe respetarse la distancia de seguridad de un metro y medio o, en su defecto, el uso de la mascarilla será obligatorio.

¿Puedo cazar y pescar?

Sí. Quedan permitidas ambas prácticas, siempre que se respete la distancia de seguridad y medidas de higiene. Cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de un metro y medio será obligatorio el uso de mascarilla.

¿Cómo serán los espectáculos taurinos?

Se podrá desarrollar la actividad taurina siempre que no se supere el 75 por ciento del aforo autorizado, con asientos preasignados y con un máximo de 1.000 personas, manteniendo la distancia de seguridad de un metro y medio o, en su defecto, el uso de mascarillas.

¿Los niños podrán jugar en los parques públicos?

Los parques infantiles, pistas de skate, zonas deportivas o espacios públicos al aire libre estarán abiertos siempre que se respete el aforo máximo de 1 persona por cada 4 metros cuadrados. Los Ayuntamientos tendrán la labor de organizar el espacio y garantizar las condiciones de limpieza e higiene.

¿Se pueden celebrar las fiestas patronales, verbenas y ferias de
atracciones?

Solo podrán celebrarse conciertos en directo u otros espectáculos con el público sentado y guardando la distancia. Queda en suspenso, durante el presente año 2020, la celebración de actos multitudinarios con motivo de las fiestas patronales, sin perjuicio de que la evolución de la pandemia pueda suponer cambios o variaciones. Quedan suspendidos las verbenas, los encierros y vaquillas y las atracciones en recintos feriales.