El Gobierno riojano convoca las ayudas para la primera forestación de terrenos rústicos publicando las bases en el BOR

Actualizado: sábado, 7 julio 2007 19:16

LOGROÑO, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Consejería Medio Ambiente publica hoy en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) las bases que regularán las ayudas destinadas a la primera forestación de terrenos agrícolas y no agrícolas en la comunidad.

Según informó el Gobierno riojano, estas ayudas persiguen fomentar la creación y el incremento de masas forestales arboladas en terrenos que sustentan, actualmente, cultivos marginales o que son no productivos.

En años anteriores, recordó, esta línea de ayudas formaba parte del programa horizontal de las medidas de acompañamiento de la Política Agraria Común (PAC) y estaba cofinanciada por la Unión Europea (UE), el Estado español y la Comunidad Autónoma de La Rioja, con cargo al Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA).

En este nuevo periodo, sin embargo, las ayudas estarán financiadas por la Comunidad Autónoma de La Rioja y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 25 por ciento; "es decir, el Gobierno español no participa en la financiación de las mismas", recalcó.

Sin embargo, Medio Ambiente ha considerado "adecuado" mantener estas ayudas porque, explicó, han tenido un efecto muy positivo para la mejora del medio ambiente, la biodiversidad, el desarrollo sostenible del medio rural, el sector forestal y la propia economía regional

En concreto, añadió, la orden tiene por objeto conceder ayudas económicas a los propietarios o titulares de derechos reales de terrenos rústicos de La Rioja para la primera forestación de dichos terrenos y para el mantenimiento de tales repoblaciones, así como compensar a los propietarios o titulares de derechos reales sobre las parcelas forestadas con anterioridad al año 2006 incluido, por la pérdida de rentas agrarias como consecuencia del cambio de uso de las tierras.

Indicó que se entiende por primera forestación el primer establecimiento sobre un terreno rústico que se encuentre desarbolado o con una densidad de pies de especies arbóreas inferior al veinte por ciento de fracción de cabida cubierta.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones para los costes de implantación de la primera forestación de terrenos rústicos y para su mantenimiento inicial todos los propietarios o titulares de derechos reales de terrenos rústicos de La Rioja que cumplan las condiciones de superficies mínimas y otros requisitos establecidos en la orden.

En concreto, las ayudas cubrirán costes de implantación (gastos de forestación y obras complementarias), primas de mantenimiento y primas compensatorias. Estas últimas sólo a beneficiarios de subvenciones para reforestaciones de tierras agrarias efectuadas con anterioridad al año 2006 incluido, con arreglo a la normativa por la que les fueron concedidas.