Actualizado 08/05/2008 14:10

El 42% del comercio y hostelería madrileños afirma que la Ley de Arrendamientos Urbanos aumenta sus costes


MADRID, 8 May. (EUROPA PRESS) -

El 42% del comercio y hostelería madrileños afirman que la Ley de Arrendamientos Urbanos ha aumentado sus costes, según las conclusiones de un informe sobre el impacto de dicha norma de 1994, presentado por el presidente de la Cámara de Comercio de Madrid, Salvador Santos Campano, en la primera edición del Foro del Comercio Urbano, Ágora, que concluye hoy en Málaga.

"Entre los problemas más importantes a los que se enfrenta el pequeño comercio en la actualidad cabe destacar el precio de los locales comerciales, que no deja de crecer en los últimos años, así como el relevo generacional", afirmó.

Santos Campano señaló que este estudio es fruto de la preocupación que siente la Cámara de Madrid por la delicada situación que están viviendo muchos establecimientos de la región. "Los comerciantes no van a poder resistir esta situación durante mucho tiempo", afirmó Santos Campano.

Los datos del INE son sintomáticos, ya que las ventas del sector comercial el pasado mes de marzo han sufrido un retroceso del 5,5% en términos interanuales. El presidente de la Cámara de Comercio de Madrid enfatizó que "este descenso es mucho más acentuado para el pequeño comercio, que alcanza el 11,4%".

El estudio de la Cámara de Comercio de Madrid indica que los comerciantes no son conscientes de las consecuencias de lo dispuesto por la Ley de Arrendamientos Urbanos; por ejemplo, que los contratos firmados por sociedades o personas jurídicas anteriores a 1985 se extinguen en 2015. En esta fecha en que tendrán que renegociar el precio y la duración del contrato, entre otras condiciones. Es más, un 17% de los encuestados manifiesta desconocer la fecha de finalización de su contrato de arrendamiento.

La prospección que ha realizado la Cámara de Madrid revela que el 41,1% de las empresas explotan sus negocios en locales con contratos de arrendamiento anteriores a 1985, mientras que el 36,2% tiene contratos firmados entre el 9 de mayo de 1985 y el 1 de enero de 1995. Sólo el 22,8% restante trabajan en establecimientos alquilados con arreglo a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.

Casi uno de cada tres entrevistados afirma tener un contrato indefinido, situación en la que se hallan prácticamente la mitad de las empresas con contratos de alquiler anteriores al 9 de mayo de 1985 (en concreto, el 44,3%). Además, sólo el 21,9% de los encuestados con contratos de alquiler anteriores a esta fecha se plantean negociar un nuevo contrato.

La ventaja, en todo caso, es que las relaciones entre arrendador y arrendatario son buenas en el 88,3% de los casos. Los empresarios con contratos de arrendamiento anteriores al 9 de mayo de 1985 los que consideran que sus rentas se encuentran por debajo del precio medio de mercado (46,8%) o muy por debajo (9,5%).

Para realizar el estudio, la Cámara de Comercio de Madrid ha recabado la opinión experta de las asociaciones empresariales del sector comercio y ha contado con la colaboración de 489 empresas que explotan sus negocios en locales en régimen de alquiler. De ellas, el 58,9% representan al sector comercial; el 23,9%, a hostelería; y el 17,2% restante se dedican a prestar servicios a consumidores finales. La mayoría de estas empresas (62,8%) están radicadas en la capital.

El informe se ha enfocado desde la perspectiva de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, que deja a voluntad de las partes la negociación de la duración de los contratos de alquiler y establece un sistema para actualizar la fecha de extinción de los contratos suscritos antes de 1985, limitando su duración con arreglo a determinadas condiciones.

Así, para los contratos suscritos antes de 1985, la Ley establece su finalización en 2015 cuando el titular del mismo es persona jurídica o para aquellos casos en que, tratándose de una persona física, se ha producido una subrogación del contrato de arrendamiento a favor de un hijo. Para los demás casos, es decir, cuando el titular es persona física, el contrato se extinguirá siempre a su jubilación o fallecimiento.

Para el 42% de los encuestados, la Ley de Arrendamientos Urbanos ha tenido efectos negativos sobre sus negocios, porque ha incrementado sus costes estructurales. Sólo el 6% de las empresas entrevistadas evalúa su impacto como positivo, mientras que el 13% considera que la Ley no ha tenido repercusión en su actividad comercial.

MOTIVOS PARA CESAR LA ACTIVIDAD

La principal conclusión es que la mayoría de los contratos antiguos correspondían a personas físicas y, por lo tanto, finalizarán en el momento en que se jubilen.

Ello se reflejó también en la encuesta a las empresas, ya que el 22% de los encuestados (en concreto, 107 empresas) manifestaron su intención de cesar su actividad, si bien dos terceras partes (el 71%) alegaron la jubilación como causa. Sólo un 18% señala su descontento o que "el negocio no va bien". El traspaso de la actividad afecta apenas al 1% de los casos, mientras que el 6% de los encuestados consideran actualmente "caro" el contrato de arrendamiento que tienen para poder continuar su actividad.

Salvador Santos Campano abogó por que desde las Cámaras se haga un esfuerzo de divulgación de la Ley y de asesoramiento a aquellos empresarios que estén interesados en continuar con sus contratos más allá de 2015.

En concreto, el presidente de la Cámara de Madrid apuntó una serie de medidas necesarias, como establecer ayudas destinadas a la adecuación de las rentas al precio de mercado o crear líneas de ayudas a través del Plan FICOH para búsqueda de nuevos locales y apoyo a los empresarios de comercio, hostelería y servicios.

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