Ayuntamiento deja sin efecto cerca de 4.000 multas de 2016 porque la señalización de velocidad no era bien visible

Contaminación Madrid
Europa Press - Archivo
Actualizado: viernes, 10 agosto 2018 12:41

Ocurrió durante la activación del protocolo anticontaminación

MADRID, 10 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid está devolviendo el importe recaudado con las cerca de 4.000 multas impuestas del 22 al 25 de diciembre de 2016 y del 27 de diciembre de 2016 al 2 de enero de 2017 durante la activación del protocolo de alta contaminación por dióxido de nitrógeno (NO2) ya que varios dispositivos de control de velocidad se encontraban en lugares donde no todos vehículos habían podido leerlos.

Según han informado fuentes municipales a Europa Press, varios dispositivos de control de velocidad se encontraban en lugares donde no todos los vehículos habían podido leer la señalización marcada por el Protocolo de Contaminación.

Por ello, según ha avanzado 'La Razón', el Área de Medio Ambiente y Movilidad está notificando la resolución de revocación de oficio del expediente sancionador y está solicitando la cuenta bancaria a los sancionados para devolverles el importe.

La activación de la limitación de velocidad comenzó el 22 de diciembre en la zona no cubierta de la M-30, reduciéndose los límites de velocidad de 90 kilómetros por hora a 70 kilómetros por hora, hasta el 25 de diciembre.

Se activó de nuevo el día 27 de diciembre, hasta el día 2 de enero de 2017, momento en que se desactivaron todos los escenarios, incluido el de la limitación de velocidad.

Desde la dirección general de Gestión y Vigilancia de la Circulación se emitió entonces un informe relativo a las modificaciones llevadas a cabo en la señalización de la M30 para que los conductores tuvieran la información "necesaria y suficiente" para adecuarse a esta limitación de velocidad.

Por ello, el 31 de enero de 2017 se dio instrucción para que no fueran cargadas las denuncias captadas por aquellos radares ubicados en lugares donde la señalización podría no haber sido observada por los conductores de los vehículos en función de la zona por donde hubieran accedido a la plataforma de la M-30.

Sin embargo, "por error" no se incluyó el radar ubicado en el punto kilométrico 27+000 D que según el informe, se encuentra en el lateral de la calzada decreciente.

Así, los vehículos que accedieron a la M-30 desde el túnel de Ventisquero de la Condesa no pudieron ser informados de la restricción de velocidad.

En virtud de lo expuesto, mediante resolución de 7 de abril se anularon las denuncias por exceso de velocidad que se hubieran podido detectar por este dispositivo los días en que se había activado, por lo menos, el escenario 1 del protocolo por alta contaminación en Madrid durante el 23 de diciembre de 2016 y el 2 de enero de 2017, puesto que el día 22 de diciembre los radares seguían midiendo las velocidades con un límite máximo de 90 kilómetros por hora en lugar de 70.

Desde el Consistorio madrileño han explicado que las multas que se pusieron en ese punto concreto "son las que se están devolviendo, pero no el resto de las denuncias generadas por el resto de los radares durante los días en que estuvo activado el protocolo de medidas por alta contaminación".

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