El Ayuntamiento recuerda que en rebajas los productos no pueden estar deteriorados y deben mostrar el doble precio

Rebajas
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Actualizado: lunes, 6 enero 2014 18:08

MADRID, 6 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Madrid recuerda a los madrileños sus derechos como consumidores durante este periodo de rebajas, con cuestiones como que los artículos no pueden estar deteriorados y que deben exhibir el doble precio, el habitual y el rebajado.

Y es que rebajas no es lo mismo que saldos, es decir, artículos deteriorados, obsoletos o pasados de moda. También recuerdan que el servicio postventa y la aplicación de la garantía no varían en los productos comprados en las rebajas al mantenerse en dos años desde la fecha de compra.

En ningún caso, las rebajas o cualquier otra actividad de promoción de ventas pueden suponer una disminución de los derechos del consumidor. Este es el mensaje que el Ayuntamiento quiere enviar a los madrileños: para que las rebajas sean realmente una buena oportunidad para comprar los productos deseados a mejor precio, es conveniente que los consumidores tengan en cuenta la información y las recomendaciones para la mejor protección y defensa de sus derechos.

Apostillan igualmente que, según la legislación vigente, cada establecimiento es libre de elegir el período y la duración de las rebajas a lo largo del año. Eso sí, debe exhibirse en el establecimiento comercial en sitio visible al público, incluso cuando permanezca cerrado, así como su duración y las reglas especiales aplicables a las mismas.

En rebajas, los artículos con descuento tienen que haber estado a la venta en el establecimiento con anterioridad al comienzo de estas, y no pueden incluirse como tales productos deteriorados o los adquiridos específicamente para ser vendidos a un precio inferior al ordinario.

Los artículos que se oferten en rebajas deben estar etiquetados correctamente cumpliendo con la legislación de aplicación. Además, tiene que exhibirse el doble precio, el habitual y el rebajado, tanto en el interior como en los escaparates, y en la publicidad.

Los establecimientos pueden ofrecer rebajas junto con otras promociones, excepto las liquidaciones, pero siempre informando adecuadamente al público y con las debida separación entre ellas. En caso de que la venta con rebajas no afecte a la totalidad de los productos comercializados, los rebajados estarán suficientemente diferenciados del resto, de forma que no haya lugar a confusión.

Si el comerciante establece unas condiciones especiales para las compras en rebajas sobre la aceptación de pago con tarjetas o las devoluciones, debe indicarlo expresamente de forma clara y en lugar visible; en caso contrario, las formas de pago y la política de devolución serán las habitualmente permitidas.

Cuando el establecimiento anuncie que admite cambios y devoluciones está obligado a ello y, siempre, cuando el producto tenga una tara o defecto. En este último supuesto, tiene que efectuar el cambio o devolución de dinero a solicitud del consumidor, sin que se le pueda imponer la aceptación de vales comerciales.

En el Ayuntamiento de Madrid, para cualquier consulta o reclamación de consumo, puede acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su distrito y a la OMIC Central, en el número 140 de la calle Príncipe de Vergara.

Destacan igualmente que comprar en establecimientos adheridos al Sistema Arbitral de Consumo facilita los trámites en caso de conflicto ya que se podrá resolver sus reclamaciones de consumo de forma rápida, sencilla y gratuita. Sus resoluciones (laudos) son de obligado cumplimiento y tienen los mismos efectos que una sentencia judicial firme.

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