CECU-Madrid denuncia que bancos y entidades financieras cobran garantías adicionales de hasta 7 meses el alquiler

Actualizado: martes, 25 mayo 2010 13:46

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Confederación de Consumidores y Usuarios de Madrid (CECU-Madrid) denunció hoy que algunos bancos y entidades financieras imponen fianzas de hasta siete meses a los arrendadores particulares de viviendas que pertenecen a estas instituciones, según criticó hoy en un comunicado.

La institución ha detectado la existencia de condiciones "afortunadamente poco habituales" en las que los bancos imponen condiciones para garantizar el pago de la renta en sus alquileres de viviendas que llegan a suponer siete veces el precio mensual del arrendamiento.

"Sólo de esta forma, y a titulo de ejemplo, se entiende que en el contrato de arrendamiento por plazo de un año realizado por una socia de CECU-Madrid, la entidad financiera Banif Inmobiliario, del Grupo Santander, impusiera además de la fianza habitual en estos casos de una mensualidad, una cláusula, denominada 'Garantía Adicional', de 3.600 euros", relató la Confederación.

Es decir, que cuando la socia de CECU alquiló un local al Grupo Santander tuvo que pagar 600 euros de fianza, más 4.200 euros en concepto de primer mes de alquiler y 'Garantía Adicional'.

"A la luz de la reciente reforma operada en el procedimiento judicial para los desahucios por falta de pago, cuyo fin es dotar de la mayor agilidad a los mismos, dicha garantía parece a todas luces desorbitada, máxime si tenemos en cuenta que el Gobierno intenta con, ésta y otras disposiciones, incentivar el alquiler como modo de que las capas mas desfavorecidas de la sociedad puedan acceder a una vivienda digna", recuerda CECU-Madrid.

Asimismo, destacó que "ante el desistimiento del contrato por parte de la arrendataria por causas personales, de los que informo a la arrendadora con mas de 40 días de antelación, y una vez consumida dos prórrogas del contrato, se le aplicó la penalización máxima consistente en una indemnización, que coincide exactamente con la garantía adicional desembolsada".

Esta situación, además de injusta a juicio de CECU, llama la atención porque "no aplica la sanción que, por analogía, fija la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos en contratos superiores a cinco años, que consiste en la indemnización de una mensualidad por año que reste de contrato, prorrateándose dicha cantidad por tiempos inferiores".

Por todo ello, CECU-Madrid consideró estas prácticas "muy poco ejemplarizantes, sobre todo en los tiempos de crisis económica", y aseguró que "atentan directamente contra los colectivos más desfavorecidos de la sociedad --inmigrantes, jóvenes-- o más débiles económicamente, que necesitan imperiosamente una vivienda".

"Este tipo de comportamientos echa por tierra los actuales esfuerzos por fomentar el alquiler, equilibrar el mercado de la vivienda en nuestro país y sacar al mercado los inmuebles actualmente inmovilizados", añadieron.

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Finalmente, la Confederación se preguntó si estas 'garantías adicionales' "producen algún tipo de interés" a la entidad financiera y, en caso de ser así, si "se le incluyen al arrendatario en la devolución que, necesariamente, habrá de hacérsele pasado el plazo máximo de cinco años que marca la ley para renovar los contratos".

En todo caso CECU-Madrid se declaró "partidaria de modificar la actual Ley de Arrendamientos Urbanos respecto a la cuantía de la fianza que debe pagar el arrendatario, sin dejarlo al albur de las partes, así como para solucionar el vacío legal existente en la actual ley respecto la indemnización que el arrendador puede cobrar en caso de desistimiento en contratos de duración inferior a cinco años".