La Comunidad flexibilizará la designación de farmacéutico sustituto para ausencias de un máximo de 72 horas

Actualizado: martes, 18 diciembre 2012 22:05

MADRID, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Comunidad de Madrid flexibilizará la designación de farmacéutico sustituto cuando el titular de la oficina de farmacia tenga que ausentarse por un periodo máximo de 72 horas, remplanzando la autorización preceptiva por una comunicación.

Esta medida, recogida en las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Popular de la Asamblea de Madrid al Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, y que previsiblemente se aprobará durante el debate que tendrá lugar entre el miércoles y el jueves, modifica la Ley de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.

Según la enmienda número ocho, en caso de ausencia del farmacéutico titular por un periodo máximo de 72 horas, "bastará con la realización de una comunicación previa a la Consejería de Sanidad, designando un farmacéutico sustituto".

"El sustituto designado deberá permanecer al frente de la oficina de farmacia durante todo el periodo de la sustitución", indica la propuesta.

La propuesta se añadiría al título III de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de 'Medidas de dinamización de la economía'.